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Gravámenes Fiscales Federales: Su validez y poder

Por: Coleman Jackson, Abogado, CPA
Noviembre 17, 2017

Gravámenes Fiscales Federales: Su validez y poder

26 United States Code § 6321. gravámenes para impuestos- Si cualquier persona responsable de pagar cualquier descuido tributario se niega o se niega a pagar el mismo después de la demanda, el monto (incluyendo cualquier interés, monto adicional, adición al impuesto o sanción evaluable, junto con cualquier costo que pueda acumularse adicionalmente) será un gravamen a favor de los Estados Unidos sobre todos los bienes y derechos de propiedad, ya sean reales o personales, pertenecientes a dicha persona. (Aug.16, 1954, ch. 736, 68A Stat. 779.)

Un objetivo u objetivo de gravámenes fiscales federales es presionar al contribuyente para que pague los impuestos morosos. El gravamen es utilizado por el gobierno de los Estados Unidos para obtener el pago de las deudas fiscales pendientes. Todos quieren que les paguen a tiempo lo que creen que alguien les debe; el gobierno federal no es diferente a este respecto. El gravamen del gravamen del impuesto se puede colocar en característica real, tal como, bienes inmuebles, intereses minerales y mejoras al estado inmobiliario. El gravamen de gravamen fiscal también se puede colocar en la propiedad personal, como materiales, propiedad intelectual (patentes, marcas comerciales y derechos de autor), automóviles y camiones, inventarios comerciales, escritorios y sillas. Este blog discute gravámenes fiscales federales: su validez, poder o efectividad.

Gravámenes fiscales existen ya sea que sean presentados por el IRS o no. Nosotros lo explicaremos. A menos que lo especifique otra ley federal (la existencia de un gravamen federal por impuestos es una cuestión de ley federal y no de leyes estatales), un gravamen fiscal federal surge bajo 26 U.S.C. § 6321 en el momento en que se realiza la evaluación tributaria y continúa hasta que la obligación tributaria sea satisfecha o no se pueda hacer cumplir por falta de tiempo. Típicamente, el IRS tiene diez años a partir de la fecha en que se determina el impuesto (cuando la deuda tributaria se coloca en los libros y registros del IRS) para cobrar la deuda tributaria. Hay ciertas cosas, tales como la declaración de quiebra de los contribuyentes que suspende el estatuto de limitaciones de diez años. La presentación adecuada del gravamen fiscal es una cuestión de ley estatal porque la ley estatal rige los derechos y responsabilidades relacionados con el interés de la propiedad. Los procedimientos y prácticas de cómo perfeccionar un gravamen (registrar un gravamen); en general, se rige por cada una de las leyes de propiedad del estado. Eso es porque no existe un sistema de ley de propiedad nacional. De hecho, en el estado de Texas, la ley de propiedad es muy local. Lo que quiero decir es que la presentación adecuada de gravámenes en Texas, ya sean gravámenes hipotecarios, embargos preventivos de equipos o gravámenes fiscales federales, debe presentarse en los registros de propiedad del condado donde se encuentra la propiedad. En otras palabras, Texas no tiene un registro de propiedad estatal. Cada condado de Texas mantiene registros de propiedad del condado, tales como escrituras, intereses minerales, etc. Entonces, ¿qué significa todo esto? Simplemente significa que, aunque exista un gravamen, 26 USC § 6323 dice que no es válido contra ningún comprador, titular de un interés de garantía, lienor de mecánico o acreedor judicial hasta que el Secretario haya presentado debidamente la notificación del embargo preventivo federal. del Tesoro de los Estados Unidos. En otras palabras, el IRS debe cumplir con las leyes de propiedad del estado para perfeccionar un gravamen fiscal federal. Una vez más, en Texas, eso significa que el embargo preventivo federal debe presentarse en el condado donde se encuentra la propiedad. Además, el tercero afectado debe tener conocimiento real del gravamen.

Demostrar que un comprador externo tenía conocimiento real del gravamen fiscal federal en el momento en que entró en una transacción en particular puede ser extremadamente elusivo. El conocimiento real del aviso de gravamen debe mantenerse en los siguientes datos:

Valores-Código § 6321 gravámenes no son válidos contra un comprador de tal seguridad que en el momento de la compra no tenía conocimiento real de la existencia del gravamen fiscal federal y no tenía conocimiento de la existencia del gravamen que entró en existencia cuando el impuesto fue evaluado.

Vehículos-  Código § 6321 gravámenes no son válidos contra un comprador de un vehículo de motor si en el momento de la compra el comprador no tenía conocimiento o conocimiento real de la existencia del gravamen fiscal federal y el comprador no ha devuelto la posesión del vehículo de motor al vendedor o su agente (s).

Bienes personales comprados: los gravámenes del Código § 6321 no son válidos contra un comprador de bienes personales tangibles comprados en el comercio minorista en el curso ordinario del comercio o negocio del vendedor, a menos que al momento de la compra el comprador tenga la intención o sepa que la compra obstaculizar, evadir o anular la recaudación de cualquier impuesto según el 26 Código de los Estados Unidos. Ese es el Código de Rentas Internas.

Bienes personales comprados en venta casual: los gravámenes del § 6321 del Código no son válidos contra un comprador de artículos del hogar, efectos personales u otra propiedad personal tangible comprada no para reventa en una venta informal por menos de $1,000 si el comprador no tiene conocimiento real del gravamen de impuesto federal. Las ventas en serie del mismo vendedor podrían ser problemáticas y ocasionar problemas al comprador de la venta ocasional; especialmente si la combinación de las compras en serie excede $1,000.

Los bienes personales sujetos a gravamen posesorio-Código § 6321 gravámenes no son válidos contra un titular de bienes muebles tangibles sujetos a un gravamen según la ley local que garantice el precio razonable de la reparación o mejora de la propiedad si el contribuyente está y ha estado continuamente en posesión de la propiedad desde el momento en que surgió la ley de gravamen local.

Impuestos sobre bienes inmuebles y gravámenes especiales: el Código § 6321 gravámenes no son válidos contra el titular de un gravamen sobre la propiedad si dicho gravamen tiene derecho, según la ley local, a la prioridad sobre intereses de garantía en tales bienes anteriores, y el gravamen asegura el pago de una aplicación tributaria general recaudada por cualquier autoridad impositiva basada en el valor de la propiedad una evaluación especial impuesta directamente sobre dicha propiedad por cualquier autoridad fiscal si dicha evaluación se impone para sufragar el costo de cualquier mejora pública o cargos por servicios o servicios públicos suministrados a tales propiedades por los Estados Unidos, cualquier estado o subdivisión política o instrumentalizad de los mismos.

Propiedad residencial sujeta a derecho de retención de un mecánico por ciertas reparaciones y mejoras – Código § 6321 gravámenes no son válidos contra los titulares de gravámenes de un gravamen sobre bienes inmuebles para reparaciones o mejoras de una residencia personal de no más de cuatro unidades de vivienda y ocupadas por el propietario de dicha residencia si el precio del contrato con el propietario es de $5,000 o menos.
Gravámenes -Código § 6321 de los abogados no son válidos con respecto a un derecho de retención de un abogado con respecto a un juicio u otra cantidad en la liquidación de un reclamo o de una causa de acción, cuando el abogado bajo la ley local, tiene un gravamen sobre un contrato exigible contra la sentencia o monto en la medida de una compensación razonable por los servicios legales en la obtención de la sentencia o la solución, a excepción de una sentencia sobre un reclamo contra los Estados Unidos está sujeta a la compensación de la deuda del contribuyente.

Ciertos contratos de seguro: el código § 6321 no es válido contra la organización que es el asegurador en virtud del seguro de vida, la dotación o el contrato de renta vitalicia en cualquier momento antes de que dicha aseguradora tenga conocimiento real del gravamen impositivo federal.

Préstamos garantizados por depósitos: el código § 6321 no es válido contra una institución descrita en IRC §§ 581 y 591 en la medida en que el préstamo realizado por la institución sin conocimiento real del gravamen fiscal federal, si dicho préstamo está garantizado por dicha cuenta.

Además, ciertos acuerdos de financiación de transacciones comerciales y contratos de construcción o mejora de bienes inmuebles no se ven afectados por gravámenes fiscales federales según el Código § 6321 porque; incluso si se archiva en los registros de la propiedad, los gravámenes fiscales federales no son válidos bajo ciertas circunstancias.

En resumen, existen gravámenes fiscales federales a partir del momento en que el IRS contabiliza la deuda tributaria. Los gravámenes fiscales federales deben presentarse de conformidad con las leyes de propiedad locales. Incluso si se archivan de acuerdo con las leyes de propiedad locales, los gravámenes fiscales federales no son válidos a menos que la gente tenga conocimiento real de los gravámenes en las diversas situaciones de hecho que hemos discutido en este blog. En esos casos, la validez y el poder de los gravámenes fiscales federales son definitivamente exiguos frente a terceros sin el conocimiento real del gravamen fiscal federal.

Este blog de derecho está escrito por  La Firma de Abogados de Impuestos | Litigación  | Inmigración de Coleman Jackson, P.C. con fines educativos; Esto no crea relación de abogado-cliente entre esta firma de abogados y el lector. Usted debe consultar con un asesor legal en su área geográfica con respecto a todas las cuestiones legales que lo afectan a usted, su familia o negocio.

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