Archivo por meses: febrero 2019

Los tribunales federales aclaran el estándar para probar la violación intencional del contribuyente del informe de bancos extranjeros y cuentas financieras (FBAR)

Por: Coleman Jackson, Abogado y Contador Certificado Publico
Febrero 27, 2019

Los tribunales federales aclaran el estándar para probar la violación intencional del contribuyente del informe de bancos extranjeros y cuentas financieras (FBAR)

 

Ciudadanos de los Estados Unidos, residentes permanentes, y algunas otras personas que están clasificados bajo 31 U.S.C. Sec. 5311 y los reglamentos promulgados deben presentar anualmente a la Red de Delitos Financieros un Informe de Banco Extranjero, Formulario 114. Las personas estadounidenses cubiertas por la ley de divulgación deben presentar el informe cada año para cuentas bancarias en el extranjero que excedan los $10,000 en el año calendario anterior, ya sea una cuenta única o un conjunto de cuentas. Si se alcanza el umbral de $10,000 se activan los requisitos de informes FBAR.

 

 

El monto de la multa de FBAR depende de si la violación del contribuyente fue voluntaria o no. Que es la voluntad en el contexto FBAR? El consenso general desarrollado en los tribunales es que el término «voluntario» «denota aquello que es intencional, sabio o voluntario, a diferencia de lo accidental, y que se emplea para caracterizar una conducta marcada por un descuido sin importar si uno tiene o no el derecho a actuar.» Wehr v. Burroughs Corp., 619 F.2d 276, 281 (3d Cir. 1980). Un contribuyente ha violado voluntariamente el 31 de U.S.C. Sec. 5314 cuando a sabiendas o imprudentemente falla al presentar un FBAR. Una persona comete una violación imprudente del estatuto FBAR al participar en una conducta que viola una norma objetiva: acción que lleva un riesgo injustificadamente alto de daño que es conocido o tan obvio que debería ser conocido. El Tercer Circuito de la Corte de Apelaciones en Bedrosian v. U.S., 2018 (3rd Cir. 2018) que

Esta participación esta en línea con otros tribunales que han mencionado las sanciones civiles de FBAR, ver, por ejemplo, United States v. Williams, 489 F. App’x 655, 658 (4th Cir. 2012) así como nuestros casos anteriores que mencionan las sanciones civiles evaluadas por el IRS en virtud de las leyes fiscales, ver, por ejemplo, e.g., United States v. Carrigan, 31 F. #d 130, 134 (3d Cir. 1994).

En Kimble v. U.S., 2018 (Fed, Cl. 2018), la corte dictamino que el contribuyente descuido de manera imprudente su deber de informar las cuentas en el extranjero porqué no reviso sus declaraciones de impuestos para verificar su exactitud y falsamente represento en su declaración de impuestos que no tenía ninguna cuenta bancaria extranjera. Tenga en cuenta que el Anexo B del Formulario 1040 en la línea 7 (a)pregunta específicamente al contribuyente si tienen o no cuentas bancarias en el extranjero. El formato de la pregunta es «sí o no,» y si se responde «si,» conduce a una serie de consultas adicionales con respecto a las cuentas de bancos extranjeros.

Las penas civiles por una violación FBAR están codificadas en 31 U.S.C. Sec. 5321(a)(5).  La multa máxima por una violación no intencional es de $10,000 por incidente. La multa máxima por una violación intencional del estatuto FBAR es mayor de $100,000 o 50% del saldo en la cuenta extranjera no declarada en el momento de la violación.

Este blog de derecho está escrito por  La Firma de Abogados de Impuestos | Litigación  | Inmigración de Coleman Jackson, P.C. con fines educativos; Esto no crea relación de abogado-cliente entre esta firma de abogados y el lector. Usted debe consultar con un asesor legal en su área geográfica con respecto a todas las cuestiones legales que lo afectan a usted, su familia o negocio.

Coleman Jackson, P.C. | Firma de Abogados de Impuestos, Litigación e Inmigración |Ingles (214) 599-0431 | Español (214) 599-0432