Un Abogado De Contratos Gubernamentales Descripcion General De La Propuesta De Oferta

Por: Coleman Jackson, Abogado y CPA
Marzo 25, 2021

 Un Abogado De Contratos Gubernamentales Descripcion General De La Propuesta De Oferta

 ¿Qué es una propuesta de protesta?

Una protesta de oferta es una impugnación de la adjudicación o adjudicación propuesta de un contrato para la adquisición de bienes y servicios o una impugnación de los términos de una licitación para dicho contrato.

¿Qué tipo de propuestas pueden ser presentadas con el GAO?

Se pueden presentar protestas contra las acciones de adquisiciones de las agencias del gobierno federal.

¿Qué tipo de propuestas no pueden ser presentadas con el GAO?

No se pueden presentar protestas contra acciones de adquisiciones de agencias gubernamentales no federales, como gobiernos estatales, locales o extranjeros, o acciones de ciertas agencias federales exentas, como el servicio postal. Para más información, mire Regulaciones de protestas de propuestas(4 C.F.R. § 21.5) and Protestas de propuestasen GAO: A Guía Descriptiva.

¿Quién puede presentar une propuesta al GAO?

Solo las “partes interesadas” pueden presentar protestas. En el caso de una impugnación de licitación, una parte interesada es generalmente un postor potencial para el contrato. En el caso de una impugnación de adjudicación de contrato, una parte interesada es generalmente un postor real que no gano el contrato. Además, otros factores, como la posición del postor en la competencia y la naturaleza de los problemas plateados, puedes afectar si califica como parte interesada. Para más información, mire Regulaciones de protestas de propuestas (4 C.F.R. § 21.0(a)) y Protestas de propuestasen GAO: A Guía Descriptiva.

¿Cuándo se presenta una petición?

En general, una protesta que impugne los términos de una licitación debe presentarse antes de la fecha de recepción de las propuestas iniciales. Une propuesta que impugne la adjudicación de un contrato debe presentarse dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que un manifestante conoce o debería haber sabido de la base de la protesta (se aplica un caso especial cuando, bajo ciertas circunstancias, el manifestante recibe un interrogatorio requerido). Tenga en cuenta que las normas relativas a la presentación oportuna de protestas dependen de todos lo hechos y circunstancias de cada caso y se aplican estrictamente. Para más información, mire Regulaciones de protestas de propuestas (4 C.F.R. § 21.2) y Protestas de propuestasen GAO: A Guía Descriptiva.

¿Como se calcula el tiempo para plazos de presentación?

“Días” bajo las regulaciones del GAO, significan “días calendarías.” En el caso de que el plazo de presentación caiga en un fin de semana, feriado federal, o algún otro día en cual el GAO esta cerrado, el plazo de presentación es extendido al siguiente día de negocio. Para más información, mire Regulaciones de protestas de propuestas(4 C.F.R. § 21.0(e)) y Protestas de propuestasen GAO: A Guía Descriptiva.

Me adjudicaron un contrato y me dijeron que se había protestado por la adjudicación. ¿Qué debo hacer y qué puedo hacer?

Las partes a las que se les ha adjudicado un contrato pueden participar en una protesta como intervinientes. Sin embargo, no están obligados a hacerlo, ya que es responsabilidad de la agencia responder a la protesta y defender la adjudicación del contrato.

¿Las uniones de empleados o representantes pueden presentar protestas o participar en interventores?

Empleados del gobierno y sus representantes pueden participar en interventores en protestas involucrando competiciones conducidas bajo Circular A-76 de la Oficina de Gestión y Presupuesto. Para más información, mire Regulaciones de protestas de propuestas (4 C.F.R. § 21.0(a)(2), (botón) (2)) y Protestas de propuestasen GAO: A Guía Descriptiva.

¿Necesito un abogado para presentar una protesta o participar como un interventor?

No. Las partes pueden presentar una protesta o participar como interviniente sin estar representados por un abogado. Sin embargo, solo los abogados pueden tener acceso a material sujeto a una orden de protección. Las reglas, los procedimientos y las practicas de protesta de ofertas se rigen por el estado de derecho (Las Regulaciones federales de adquisiciones (FAR por sus siglas en ingles) para contratos federales); así que, el conocimiento de los estatutos, reglamentos y jurisprudencia pertinentes seria de gran ayuda para enmarcar y presentar una protesta de oferta creíble.

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Jurisdicción federal para protestas de licitaciones y fechas limite para la presentación:

Esta referencia establece los plazos de presentación, los requisitos jurisdiccionales, las reglas de suspensión y los procesos de apelación para cada lugar donde se puede presentar una protesta de licitación: la Oficina de Responsabilidad del Gobierno, el Tribunal de Reclamaciones Federales de los Estados Unidos y la agencia contratante.

Las reglas difieren según el tipo de contratación. El Cuadro 1 enumera las reglas para protestar contratos adjudicados bajo las Partes 13, 14, y 15 de FAR. El Cuadro 2 enumera las reglas para protestar ordenes de entrega y de tareas emitidas bajo la mayoría de los contratos IDIQ. El Cuadro 3 enumera las reglas especiales que se aplican a las protestas de las ordenes de trabajo emitidas en virtud de los contratos del Programa Federal de Suministros de Administración de Servicios Generales.

Procedimientos del GAO:

A lo largo de los años, las decisiones de la GAO sobre la adjudicación de contratos federales han creado un cuerpo legal uniforme aplicable al proceso de contratación federal en el que se basan el Congreso, las cortes, agencias, y el publico confían.

¿Estado Automático? Para protestas previas a la adjudicación, la agencia debe suspender la adjudicación del contrato una vez que reciba la notificación de la GAO de que se ha presentado una protesta. FAR 33.104(b). Para las protestar posterior a la adjudicación, la agencia debe suspender el desempeño si recibe una notificación de la protesta de la GAO dentro de los 10 días posteriores a la adjudicación del contrato o dentro de los 5 días posteriores a la fecha de interrogatorio ofrecida al manifestante para los informes solicitados y requeridos según FAR 15.505 o 15.506, o cualquiera es mas tarde. FAR 33.104(c).  (Nota: Las sesiones informativas no son “obligatorias” para las adquisiciones bajoFAR Parte 13 (FAR 13.106-3(d)), o Parte 14 (excepto 14.5 (licitación sellada de dos pasos) FAR 14.503-1(g))).En las adquisiciones del Departamento de Defensa, para los informes solicitados y requeridos según FAR 15.506(d), los oficiales de contratación deben brindar una oportunidad para que los oferentes no seleccionados envíen preguntas adicionales dentro de los 2 días hábiles posteriores a la recepción del informe. Luego, la agencia tiene 5 días hábiles para responder por escrito. Ver 10 U.S.C. § 2305(b)(5). El periodo de presentación de 5 días para activar una suspensión automática no comienza hasta que la agencia entrega las respuestas por escrito. Ver 31 U.S.C. § 3553(d)(4).

 

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Cronogramas jurisdiccionales:

  • Una protesta previa a la adjudicación basada en supuestas irregularidades en la RFP que nos evidentes antes de la recepción de propuestas debe presentarse antes de la hora establecida para la recepción de propuestas. Las irregularidades incorporadas posteriormente a la licitación deben ser protestadas antes de la próxima hora de cierre para la recepción de propuestas después de la incorporación. Ver 4 C.F.R. § 21.2(a)(1).Cuando no surja una base para impugnar los términos de una solicitud hasta después de la presentación de la propuesta, se debe presentar una protesta 10 días después de que se conozca o debiera conocerse la base de la protesta. Ver 4 C.F.R. § 21.2(a).
  • Un oferente excluido del rango competitivo antes de la adjudicación debe solicitar un informe por escrito dentro de los 3 días posteriores a recepción del aviso de exclusión para obtener un informe “requerido.” Ver FAR 15.505(a)(1). El oferente debe presentar su protesta a mas tardar 10 días después de la fecha en que se lleva a cabo el interrogatorio. Ver 4 C.F.R. § 21.2(a)(2).
  • Para las competiciones en las que se solicita y se requiere un informe, las protestas posteriores a la adjudicación deben presentarse a más tardar 10 días después de que se lleve a cabo el informe, pero no antes de la fecha de informe ofrecida. Ver 4 C.F.R. § 21.2(a)(2), para el Departamento de Defensa, transcurren 10 días desde que el Departamento de Defensa responde las “preguntas adicionales” oportunas.
  • Para todas las demás protestas no cubiertas anteriormente, el manifestante debe presentar su protesta dentro de los 10 días posteriores a que se conozca o debiera haber conocido la base de la protesta, lo que ocurra primero. Ver4 C.F.R. § 21.2(a)(2).

 Límites de jurisdicción de la materia objeto

  • Solo una “parte interesada” puede protestar por irregularidades en una RFP o adjudicación o terminación de un contrato federal. Ver 4 C.F.R. § 21.1(a). Una “parte interesada” es un oferente actual o potencial cuyo interés económico directo se vería afectado por la adjudicación de un contrato o la falta de adjudicación de un contrato. Ver 4 C.F.R. § 21.0(a)(1).

Nota: Una supuesta violación de la Ley de Integridad de las Adquisiciones debe ser comunicada a la Agencia dentro de los 14 días posteriores al descubrimiento, o no puede plantearse en una protesta ante la GAO. Ver FAR 33.102(f); 41 U.S.C. § 2106.

  

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Proceso para apelar una decisión fallida:

Se puede presentar una Solicitud de reconsideración en la GAO a mas tardar 10 días después de que se conozca o debiera hacerse conocido la base de la reconsideración, lo que ocurra primero. Ver 4 C.F.R. § 21.14.

Un manifestante puede “apelar” una decisión de la GAO ante el Tribunal de Reclamaciones Federales mediante la presentación de una demanda alegando que la contratación de la agencia fue “arbitraria, caprichosa, un abuso de discreción, o de otra manera no de conformidad con la ley” en violación de la Acta de Procedimiento Administrativa, 5 U.S.C. § 706(2)(A). 28 U.S.C. § 1491.No hay un tiempo estricto para presentar una “apelación.”

Un contratista también puede presentar una demanda en la Tribunal de Reclamaciones Federales alegando que la acción correctiva propuesta o real de una Agencia, incluso so la GAO la recomienda o aprueba, es arbitraria, caprichosa, un abuso de la discreción o que no esta de acuerdo con la ley.

 

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