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Estatus de proteccion temporal (TPS) – PENSAMIENTOS LEGALES

Coleman Jackson, P.C. | Transcripción de Pensamientos Legales

PENSAMIENTOS LEGALES: ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS)|

Publicado el 14 de diciembre de 2022

 

Escúchenos

 

Pensamientos Legales es un podcast presentado por Coleman Jackson, Corporación Profesional, una firma de abogados en Dallas, Texas sirviendo a individuos, negocios y agencias alrededor del mundo en temas legales de impuestos, litigio e inmigración.

Este episodio de Pensamientos Legales es un podcast en donde el Abogado, Coleman Jackson está siendo entrevistado por Johana Powell, Asistente legal de Coleman Jackson, P.C. El tema de discusión de hoy es “ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS)”. Puede escuchar este episodio dando clic en el siguiente link: https://anchor.fm/coleman-jackson/episodes/ESTATUS-DE-PROTECCION-TEMPORAL-TPS-e1orctu

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TRANSCRIPCION:

ABOGADO: Coleman Jackson

PENSAMIENTOS LEGALES

COLEMAN JACKSON, ABOGADO

 

ATTORNEY: Coleman Jackson

Bienvenido a Pensamientos Legales

Mi nombre es Coleman Jackson y soy abogado en Coleman Jackson Corporación profesional, una firma de abogados de impuestos, litigio e inmigración en Dallas, Texas.

Otros miembros de nuestra firma son a Alexis Brewer y Johana Powell, asistentes legales de impuestos, Leiliane Godeiro, Asistente legal de litigio y Gladys Marcos, asistente legal de inmigración.

Hoy en “Pensamientos Legales”, nuestra asistente legal, Johana Powell me entrevistara sobre el importante tema de inmigración: “ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS)”.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

Hola a todos, mi nombre es Johana Powell y soy asistente legal en la firma de abogados Coleman Jackson Corporación Profesional especializada en impuestos, litigio e inmigración, localizada en 6060 North Central Expressway, Oficina 620, aquí en Dallas, Texas.

Buenas tardes abogado, gracias por estar aquí conmigo en este episodio de Pensamientos Legales para hablar al respecto de el “ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS)”.

¡Comencemos!

PREGUNTA 1:


¿Qué significa el Estatus de protección temporal TPS?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 1:

La Ley de Inmigración de 1990 (IMMACT 90) estableció un procedimiento mediante el cual el fiscal general de los EE. UU. puede otorgar el Estatus de Protección Temporal (TPS) a los ciudadanos de un país en particular que se encuentran en los Estados Unidos y no pueden regresar a su país de origen debido a:

  1. El conflicto armado en curso dentro del país y, debido a ese conflicto, el regreso de los nacionales a ese estado representaría una grave amenaza para su seguridad personal.
  2. Un desastre ambiental que resulta en una interrupción sustancial y temporal de las condiciones de vida, el país es temporalmente incapaz de manejar adecuadamente a los ciudadanos que regresan y, por lo tanto, el estado solicita la designación de TPS.
  3. Otras condiciones extraordinarias y temporales en el estado que impidan que los nacionales regresen de manera segura, a menos que el fiscal general determine que permitir que los nacionales del estado permanezcan temporalmente es contrario al interés nacional de los Estados Unidos.

Después de consultar con las agencias gubernamentales correspondientes, el fiscal general puede decidir designar un país extranjero o parte del mismo como elegible para estatus de protección temporal porque se han cumplido una o más de las razones discutidas en anteriormente.

El aviso de la designación se publica en el Registro Federal. La designación del Estatus de protección temporal será efectivo por un mínimo de 6 meses hasta un máximo de 18 meses. Sesenta días antes del final del período designado, el fiscal general revisará las condiciones en el país designado y determinará si las condiciones aún existen. De ser así, la designación de TPS podría extenderse por seis, doce o dieciocho meses adicionales.

 

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

PREGUNTA 2: Quien es elegible para aplicar por el estatus de protección temporal TPS?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 2:

Una persona puede ser elegible para el Estatus de protección temporal si es nacional de un país designado por el fiscal general para este estatus, o si la persona no tiene nacionalidad del país designado pero que residió habitualmente por última vez en ese país.

Las personas deben consultar el Registro Federal o el sitio web de USCIS para determinar si son ciudadanos de países con designaciones para estatus de protección temporal y deben solicitarlo durante el período de registro especificado.

Algunas personas no son elegibles para TPS:

  1. Individuos que no son nacionales del país designado. Los no nacionales que no hayan residido habitualmente en el país designado justo antes de venir a los Estados Unidos tampoco son elegibles;
  2. Individuos que no se registran para TPS durante el período de registro inicial;
  3. Individuos que no pueden demostrar presencia física continua en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la designación de TPS;
  4. Individuos que son inadmisibles como inmigrantes debido a una condena por cualquier delito grave o dos o más delitos menores e individuos que son inadmisibles por otras razones, como seguridad nacional; y
  5. Las personas que no cumplan con el requisito de residencia señalado por el fiscal general al hacer la designación.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

¿Cuáles son los beneficios de los individuos que están en los Estados Unidos con Estatus de protección temporal?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 3:

Los beneficios que una persona puede obtener al solicitar el estatus de protección temporal durante el período de registro para el estatus de protección temporal son los siguientes:

1. Las personas con TPS pueden residir en los Estados Unidos sin temor a ser deportadas a su hogar después de la aprobación de su Formulario I-821.
2. Las personas con TPS pueden solicitar una autorización de trabajo presentando el Formulario I-765 cuando solicitan el estatus de protección temporal y pueden trabajar en cualquier parte del país;
3. Las personas con TPS pueden presentar el Formulario I-131 para obtener una autorización de viaje; y
4. Algunas de las tarifas de presentación pueden ser eximidas a pedido. Estos son algunos de los beneficios legales que las personas podrían obtener mediante el Estatus de Protección Temporal.

Un beneficio real y enorme de TPS es el potencial de vivir una vida pacífica y productiva dentro del país.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

PREGUNTA 4:

¿Qué pasa cuando el periodo designado para estatus de protección temporal termina?
RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 4:

El estatus de protección temporal es un beneficio temporal, el cual no conduce al estatus de residente permanente legal ni a ningún otro estatus migratorio. Por lo tanto, cuando termine el período de TPS, el nacional del país designado debe regresar a su país de origen, o comenzará a acumular presencia ilegal en los Estados Unidos. El nacional puede ser deportado de los Estados Unidos si se niega a salir voluntariamente una vez que termine su TPS.

Tenga en cuenta; sin embargo, el fiscal general puede revisar las condiciones en el país designado y extender la designación de TPS como mencioné anteriormente. El TPS se puede extender y, a menudo, se ha extendido en el pasado. Algunas personas han estado aquí durante años en TPS. Buenos ejemplos de esto son los nacionales aquí en TPS de El Salvador, Haití, Honduras, Nepal y Nicaragua.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

PREGUNTA 5:

¿Qué países tienen actualmente designación para el Estatus de Protección Temporal?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 5:

El fiscal general ha hecho muchas designaciones de TPS a lo largo de los años; Los países designados actualmente son: Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Siria, Ucrania, Venezuela y Yemen.

Para designaciones y elegibilidad específicas y otras cuestiones relacionadas con un país en particular, un nacional en particular o un residente habitual en particular de un país designado, debemos evaluar cada situación caso por caso en nuestra oficina, ya que a menudo la aplicación de la ley es más compleja que podría parecer a primera vista. Los hechos importan en la ley como lo hacen en la vida.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

Comentario: Sé que se refirió anteriormente a los requisitos de elegibilidad de TPS; pero podría ampliar esto ya que los casos de inmigrantes pueden tener muchos hechos y circunstancias complicados.

PREGUNTA 6:

¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para los nacionales de los países designados al TPS?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 6:

Es cierto, como he dicho anteriormente, ¡los hechos importan en la ley y en la vida! Los nacionales y residentes habituales del país designado para el TPS deben solicitar el TPS y cumplir con todos los siguientes requisitos de elegibilidad:

  1. Ser nacional de un país designado para el TPS, o una persona sin nacionalidad que haya residido habitualmente por última vez en el país designado;
  2. Presentar su solicitud durante el período de reinscripción o registro inicial abierto, o cumple con los requisitos para la presentación inicial tardía durante cualquier extensión de la designación de TPS de su país;
  3. Haber estado físicamente presente y continuamente en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la fecha de designación más reciente de su país; y
  4. Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país de origen. La ley permite una excepción a los requisitos de presencia física continua y residencia continua para salidas breves, casuales e inocentes de los Estados Unidos. Cuando solicite o vuelva a registrarse para el estatus de protección temporal, debe informar a USCIS de todas las ausencias de Estados Unidos desde las fechas de designación y las fechas de presencia física y continua en Estados Unidos. USCIS determinará si la excepción aplica en su caso. USCIS ejerce discreción en los casos de TPS; por lo que la presentación de su caso es importante.

ENTREVISADORA: Johana Powell, Asistente Legal

PREGUNTA 7:

¿Qué tipo de cosas podrían hacer que una persona no sea elegible para TPS?

RESPUESTA DEL ABOGADO PREGUNTA 7:

Una persona puede no ser elegible para solicitar el estatus de protección temporal si:

  1. Haber sido condenado por un delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos;
  2. Se encuentra inadmisible como inmigrante por motivos descritos en la sección 212(a) de INA, que pueden ser penales y relacionados con la seguridad de este país;
  3. Están sujetos a alguna de las prohibiciones obligatorias de asilo. Estos incluyen, entre otros, participar en la persecución de otra persona o participar o incitar a actividades terroristas;
  4. Incumplimiento de los requisitos de presencia física continua y residencia continua en los Estados Unidos;
  5. Incumplimiento de los requisitos de registro inicial o tardío de TPS; o
  6. Si se le otorga el TPS, no volver a registrarse para el TPS, según se requiere, sin una buena causa.

CIERRE DE LA ENTREVISTA:

Abogado, gracias por estar aquí hoy con nosotros, esta información es muy importante para los nacionales que están aquí en los Estados Unidos y que son de países designados por el fiscal general de los Estados Unidos como estatus de protección temporal (TPS).

En conclusión: La conclusión clave aquí es que algunos ciudadanos presentes en los Estados Unidos que provienen de otros países podrían ser elegibles para solicitar el estatus de protección temporal, pero el proceso podría ser complejo y requerir la orientación y representación de un abogado.

Nuestros oyentes que quieran escuchar más información como esta deben suscribirse a nuestra página de podcasts “Pensamientos Legales” en Apple podcast, Google podcast, o Spotify. Cuídense y vuelvan en 2 semanas por más información acerca de sus dudas legales sobre impuestos, litigio e inmigración a nuestra página de “Pensamientos Legales” de Coleman Jackson Corporación profesional, que está localizada en Dallas, Texas en la dirección 6060 North Central Expressway, oficina 620.

Para inglés:  214-599-0431 | Para español:  214-599-0432 |Para portugués: 214-272-3100

CIERRE DEL ABOGADO:

Gracias por darnos la oportunidad de informarle acerca de: “ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS)”

Si desea escuchar más información acerca de impuestos, litigio de contratos, e inmigración de Coleman Jackson corporación profesional suscríbase a nuestro podcast de PENSAMIENTOS legales en Apple Podcast, Google Podcast, o Spotify.

¡Sintonícenos! Estamos aquí en Dallas, Texas y queremos informar, educar e incentivar a nuestras comunidades en temas relacionados con impuestos, litigio e inmigración. ¡Nos vemos a la próxima, Cuídense!

 

Camino a la ciudadania de los Estados Unidos – PENSAMIENTOS LEGALES

Coleman Jackson, P.C. | Transcripción de Pensamientos Legales

PENSAMIENTOS LEGALES: Camino a la ciudadanía de los Estados Unidos

PUBLICADO:  09/21/22

Taxpayers with Significant Tax Debts Can Lose Their U.S. Passports

Escúchenos: https://anchor.fm/coleman-jackson/episodes/Camino-a-la-ciudadana-de-los-Estados-Unidos-e1muu2b

Pensamientos en inmigración es una presentación de podcast de Coleman Jackson, P.C., un bufete de abogados con sede en Dallas, Texas, que presta servicios a personas, empresas y agencias de todo el mundo en asuntos legales de impuestos, litigios e inmigración.

En este episodio de Pensamientos Legales, Gladys Marcos, la asistente legal de inmigración de Coleman Jackson, P.C., entrevista al Abogado Coleman Jackson. El tema de discusión es “Camino a la ciudadanía de los Estados Unidos”

Puede escuchar este podcast haciendo clic aquí:  https://anchor.fm/coleman-jackson/episodes/Camino-a-la-ciudadana-de-los-Estados-Unidos-e1muu2b

También puedes escuchar este episodio y suscribirte al podcast Pensamientos en Impuestos de Coleman Jackson, PC en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify, o donde sea que puedas escuchar tu podcast.

TRANSCRIPCION:

ABOGADO: Coleman Jackson

Pensamientos Legales

Camino a la ciudadanía de los Estados Unidos

ABOGADO: Coleman Jackson

Bienvenidos a Pensamientos de inmigración

Mi nombre es Coleman Jackson y soy abogado en la Firma Coleman Jackson corporación profesional, que se especializa en impuestos, litigio y leyes de inmigración, estamos ubicados en Dallas, Tejas.

Nuestro tema de hoy es: Camino a la ciudadanía de los Estados Unidos

Otros miembros de Coleman Jackson, corporación profesional, son: Johana Powell y Alexis Brewer, asistentes legales de impuestos; Leiliane Godeiro, Asistente legal de litigio; y Gladys Marcos, Asistente Legal de Inmigración.

En este podcast de “Pensamientos legales” nuestra asistente legal de inmigración, Gladys Marcos estará preguntando y yo responderé sus dudas acerca de este importante tema de inmigración de Camino a la ciudadanía de los Estados Unidos.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Buenos días a todos. Mi nombre es Gladys Marcos y soy asistente legal de inmigración en Coleman Jackson, corporación profesional. Nuestra firma de abogados está enfocada en impuestos, litigio y leyes de inmigración y estamos ubicados en Dallas, Texas.

Se ha visto en los reportes que cerca de 9 millones de inmigrantes viven en los Estados Unidos como residentes permanentes legales. Esto significa que tienen un estatus legal y pueden quedarse en los Estados Unidos legalmente y trabajar. Los residentes permanentes son conocidos como titulares de tarjeta verde y algunos de ellos actualmente son elegibles para aplicar para la ciudadanía de los Estados Unidos. Es ampliamente conocido que las comunidades de inmigrantes al rededor del país nunca intentan volverse ciudadanos de los Estados Unidos.

ABOGADO: Coleman Jackson

Buenos días, Gladys

Usted está en lo correcto. Millones de inmigrantes alrededor del mundo residen en los Estados Unidos hoy como Residentes Permanentes legales, las estadísticas muestran que 13.1 millones de Residentes permanentes legales viven en Estados Unidos en primero enero de 2021.

Respecto a la razón o las razones por las que estos inmigrantes no se vuelven ciudadanos, yo sospecho que son numerosas como el número de inmigrantes quienes escogen permanecer en los Estados Unidos en el estatus de residente permanente habiendo cumplido con los requisitos para aplicar para la ciudadanía. Voy a resumir algunas de las posibles razones por las que estos 9 a 13 millones de inmigrantes escogen quedarse en los Estados Unidos con estatus de residente permanente año tras año:

  1. Miedo al gobierno (recordemos que muchos inmigrantes vienen aquí de regímenes represivos donde los oficiales del gobierno no son de confiar, esto deja a los ciudadanos con cautela acerca de recurrir al gobierno para buscar servicios básicos);
  2. Miedo del largo y cauteloso proceso (recuerde que estos inmigrantes han experimentado el intruso, largo, y costoso proceso cuando aplicaron para la tarjeta verde, para empezar);
  3. Miedo a perder el examen de la ciudadanía;
  4. Miedo de no satisfacer los requisitos de la ciudadanía y las barreras del lenguaje;
  5. Miedo de perder su tarjeta verde si el proceso de ciudadanía falla (recuerde que muchos inmigrantes vienen de países extremadamente inestables y en su experiencia ellos sintieron mucha tranquilidad cuando recibieron su tarjeta verde, la cual les brinda el derecho de vivir, trabajar y formar una familia en los Estados Unidos. En otras palabras, ellos han obtenido seguridad después de volverse residentes permanentes legales aquí que nunca han experimentado en ningún momento de sus vidas, entonces, simplemente no sienten la necesidad de volverse ciudadanos de los Estados Unidos. La ciudadanía no es un requerimiento para permanecer en los Estados Unidos de manera indefinida para los Residentes Permanentes Legales.
  6. Miedo de perder su conexión con sus países de origen, su gente, sus tradiciones y su cultura.

Gladys, probablemente hay muchas más razones por las que los inmigrantes con tarjeta verde escogen no aplicar para la ciudadanía de los Estados Unidos.

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cuál es la importancia de obtener la ciudadanía de los Estados Unidos?

ABOGADO: Coleman Jackson

Hay muchas ventajas al volverse ciudadano de los Estados Unidos.

  1. Algunas convicciones criminales, e incluso morosidad en impuestos federales sobre los $10.000 (diez mil dólares) pueden ser ofensas agravadas de acuerdo con el Capítulo 8 del Código de los Estados Unidos, Acta Nacional de Inmigración (INA). Los ciudadanos de los Estados Unidos no pueden ser deportados, mientras que los residentes permanentes legales pueden ser deportados de los Estados Unidos independientemente de cuánto tiempo ellos han mantenido su estatus legal en el país, por lo que deberían considerar seriamente esta ventaja cuando contemplen si debiesen naturalizarse. A esta ventaja le llamaremos, prueba de deportación.
  2. Los titulares de tarjeta verde con hijos menores de 18 años son derivados de la ciudadanía automáticamente cuando sus padres residentes legales permanentes se naturalizan. Esta ventaja la llamaremos protección de menores.
  3. Ciudadanos de los Estados Unidos pueden enviar aplicaciones de inmigración para ciertos miembros de la familia que no están disponibles para los residentes permanentes, tales como, padres, hermanos e hijos adultos casados. Los titulares de tarjeta verde no pueden enviar dichas peticiones en ninguna de esas categorías. Esta ventaja le llamaremos unificación familiar.
  4. Algunos trabajos en Estados Unidos solo están disponibles para los ciudadanos estadounidenses. Estas oportunidades laborales se volverán disponibles para los residentes permanentes cuando se naturalizan. Esta ventaja la Podemos llamar, expandiendo oportunidades de empleo.
  5. Los ciudadanos estadounidenses pueden viajar al exterior sin ninguna restricción y buscar ayuda y protección en las embajadas de los Estados Unidos y Consulados al rededor del mundo. Estas conexiones no aplican para los residentes permanentes viajando fuera del país. Esta ventaja es llamada Pasaporte Estadounidense.
  6. estadounidenses pueden votar en elecciones federales, estatales y locales, por lo tanto pueden escoger a sus representantes. Esta ventaja es el derecho al voto.
  7. Los ciudadanos de los Estados Unidos pueden hacer parte del gobierno federal, estatal y local, es decir, participando del todo en el gobierno de los Estados Unidos, con solo algunas oficinas que limitan a los ciudadanos naturalizados. Esta es la ventaja de ser ciudadano estadounidense.

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cuándo es un residente permanente legal elegible para aplicar para la ciudadanía?

ABOGADO: Coleman Jackson

Para empezar, esto depende del camino que el inmigrante tomo para volverse residente permanente. Por ahora, digamos que el inmigrante es elegible para aplicar para la ciudadanía después de que han sido titulares de la tarjeta verde de 3 a 5 año. Hay requerimientos específicos y circunstancias individuales que requieren asesoría personalizada con cada inmigrante y su familia en la privacidad de nuestra oficina.

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cuáles son los pasos para volverse un ciudadano estadounidense?

ABOGADO: Coleman Jackson

Para nombrar unos pocos, usted debe verificar si es elegible para aplicar, lo cual incluye requerimientos como leer, escribir y hablar inglés básico, saber los fundamentales de la historia de los Estados Unidos y la forma y los principios del gobierno, ser una persona de buen carácter moral, y estar dispuesto a apoyar la constitución de los Estados Unidos y tomar un juramento de lealtad a los Estados Unidos.

  1. una vez usted ha determinado que es elegible para la ciudadanía de los Estados Unidos, debe preparar la forma N-400 con USCIS acompañada de toda la documentación requerida soportando su aplicación con los pagos requeridos.

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cuánto tiempo le toma a un residente permanente de los Estados Unidos volverse ciudadano una vez que la forma N-400 ha sido enviada a USCIS?

ABOGADO: Coleman Jackson

Los tiempos de procesamiento de la forma N-400 dependen de donde reside el titular de la tarjeta verde. Algunas oficinas de campo de USCIS que procesan estas aplicaciones son más rápidas que otras. Actualmente, ochenta por ciento (80%) de los casos en la oficina de Dallas son completados en 15 meses. Los tiempos de procesamiento son difíciles de predecir, estos procesos requieren mucha paciencia.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Un amplio y creciente porcentaje de la población en Texas es hispana. Muchos residentes de Texas son titulares de tarjeta verde que ya cumplen con los requisitos para volverse ciudadanos de los Estados Unidos. Español es el lenguaje principal en muchos hogares latinos, negocios y comunidades a lo largo de Texas. Para ser honesta, uno de los más grandes temores acerca de aplicar para la ciudadanía es el idioma inglés. Un miedo muy grande para los miembros de la comunidad hispana es fallar en el examen de la ciudadanía.

¿Qué puede hacer un titular de tarjeta verde para superar el miedo al idioma inglés? ¿Quiero decir miedo a fallar en el examen de la ciudadanía si ellos no hablan bien inglés?

ABOGADO: Coleman Jackson

Bueno, comprendo. Pero déjeme ser claro aquí, el inglés requerido para el examen de la ciudadanía es un nivel muy básico. Hay ofertas de muchos cursos en esta área en donde los inmigrantes pueden aprender habilidades básicas de inglés. En lo que concierne al examen para la ciudadanía, USCIS, Servicios de ciudadanía e inmigración, proveen materiales de estudio y recursos para los inmigrantes que desean naturalizarse. Muchos de estos cursos de lenguaje y examines pueden ser encontrados en la página web de USCIS gratis.

Entrevistadora: Gladys Marcos

La ciudadanía de los Estados Unidos viene con ciertos derechos, pero también responsabilidades, ¿cuáles son esas responsabilidades?

ABOGADO: Coleman Jackson

Los americanos comparten valores de Libertad e igualdad. Aplicando para la ciudadanía de Estados Unidos usted está demostrando su compromiso con el país y con el gobierno:

  • Apoyar y defender la Constitución de los Estados Unidos de América
  • Estar informado de los problemas que afectan su comunidad
  • Participar activamente en los procesos democráticos votando y lanzándose para cargos públicos
  • Respetar y obedecer las leyes federales, estatales y locales
  • Respetar los derechos, creencias y opiniones de los otros
  • Participar en su comunidad local
  • Pagar impuestos sobre sus ingresos y otros impuestos honesta y oportunamente a las autoridades federales, estatales y locales
  • Servir de Jurado cuando sea llamado
  • Defender el país si la necesidad surge

Entrevistadora: Gladys Marcos

Coleman, usted es un abogado que apoya la inmigración y la diversidad, que le gustaría compartir con nuestros suscriptores acerca de este tema?

ABOGADO: Coleman Jackson

Yo soy un abogado que apoya inmigrantes y la diversidad. Mire, la gente ha estado inmigrando desde el principio de los tiempos por muchas razones en busca de una mejor vida o lo que ellos perciben mejor para ellos y sus familias. Todos nosotros debemos mostrar amabilidad y compasión por los inmigrantes porque todos nosotros somos inmigrantes en nuestro Dios en la tierra. Nosotros estamos de paso en este mundo con otros viajeros a los que les debemos amor. Nuevos inmigrantes pueden estar llegando donde tu estas en este momento, pero nadie de nosotros planea estar aquí para siempre. El enfoque de hoy en la división es extremadamente miope, casi ciego funcionalmente. Hagamos que brille.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Abogado, muchas gracias por esta información tan clara e importante sobre la ciudadanía de los Estados Unidos. Muchos residentes permanentes legales de los Estados Unidos pueden encontrar esta información útil. De nuevo, muchas gracias por sentarse conmigo y responder estas preguntas hoy sobre el camino a la ciudadanía de los Estados Unidos.

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Llamadas en inglés:  214-599-0431 | Llamadas en español:  214-599-0432 |Llamadas en Portuguese: 214-272-3100

ABOGADO: Coleman Jackson

Gracias por darnos la oportunidad de informarle acerca del camino a la ciudadanía de los Estados Unidos.

Nuestros oyentes que quieran escuchar más información como esta deben suscribirse a nuestra página de podcasts “Pensamientos Legales” en Apple podcast, Google podcast, o Spotify. cuídense y vuelvan en 2 semanas por más información acerca de sus dudas legales sobre impuestos, litigio e inmigración a nuestra página de “Pensamientos Legales” de Coleman Jackson Corporación profesional. Estamos ubicados en Dallas Texas y queremos informar y educar a nuestra comunidad en estos temas de impuestos, litigio e inmigración. ¡Hasta la próxima, cuídense!

 

 

¿Cómo contratar legalmente trabajadores no agrícolas temporales con una visa H-2B? – PENSAMIENTOS LEGALES

PENSAMIENTOS LEGALES: ¿Cómo contratar legalmente trabajadores no agrícolas temporales con una visa H-2B?

PUBLISHED: 08/24/22

 

Nuevamente, si el IRS impone las multas de FBAR y el contribuyente se niega a pagarlas, el gobierno de los EE.UU. puede intentar cobrar las multas en un tribunal federal de conformidad con 31 EE. UU. Sección. 5321 (b) (1).

Pensamientos Legales es una presentación de podcast de Coleman Jackson, P.C., un bufete de abogados en Dallas, Texas, que presta servicios a personas, empresas y agencias de todo el mundo en asuntos legales de impuestos, litigios e inmigración.

Este episodio particular de Pensamientos Legales es un podcast donde Gladys Marcos, la asistente legal de inmigración de Coleman Jackson, P.C., entrevista al Abogado Coleman Jackson. ¿El tema de discusión es “¿Cómo contratar legalmente trabajadores no agrícolas temporales con una visa H-2B?”

Puede escuchar este podcast haciendo clic aquí:

Link: https://anchor.fm/coleman-jackson/episodes/Cmo-contratar-legalmente-trabajadores-no-agrcolas-temporales-con-una-visa-H-2B-e1m3hpc

 

También puedes escuchar este episodio y suscribirte al podcast Pensamientos Legales de Coleman Jackson, PC en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify, o donde sea que puedas escuchar tu podcast.

TRANSCRIPCION:

ABOGADO: Coleman Jackson

Pensamientos en Inmigración

¿Como contratar trabajadores temporales de agricultura basados en la visa H2B?

ABOGADO: Coleman Jackson

Bienvenidos a Pensamientos Legales

Mi nombre es Coleman Jackson y soy abogado en la Firma Coleman Jackson corporación profesional, que se especializa en impuestos, litigio y leyes de inmigración, estamos ubicados en Dallas, Tejas.

Nuestro tema de hoy es: ¿Cómo contratar legalmente trabajadores no agrícolas temporales con una visa H-2B?

Otros miembros de Coleman Jackson, corporación profesional, son: Johana Powell y Alexis Brewer, asistentes legales de impuestos; Leiliane Godeiro, Asistente legal de litigio; y Gladys Marcos, Asistente Legal de Inmigración.

En este podcast de “Pensamientos legales” nuestra asistente legal de inmigración, Gladys Marcos estará preguntando y yo responderé sus dudas acerca de este importante tema de inmigración de ¿Cómo contratar legalmente trabajadores no agrícolas temporales con una visa H-2B?

Entrevistadora: Gladys Marcos

Buenos días a todos. Mi nombre es Gladys Marcos y soy asistente legal de inmigración en Coleman Jackson, corporación profesional. Nuestra firma de abogados está enfocada en impuestos, litigio y leyes de inmigración y estamos ubicados en Dallas, Texas.

Mi primera pregunta es: Con los estados unidos en constante necesidad de trabajadores, ¿existe algún programa de inmigración que permita a los empleadores o agentes estadounidenses traer ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para ocupar temporalmente puestos no agrícolas?

ABOGADO: Coleman Jackson

Buenos días, Gladys

Sí, el programa H-2B permite a los empleadores de los Estados Unidos ocupar puestos de trabajo temporales no agrícolas mediante la presentación del Formulario I-129 ante USCIS. Los trabajos no agrícolas incluyen, pero no se limitan a, las siguientes categorías de trabajo: construcción, paisajismo, meseros, camareras y cocineros, almacenistas y cajeros, control de plagas, remoción de escombros, mantenimiento, hospitalidad, y ocupaciones similares de mano de obra no calificada.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Muchas gracias. ¿Cómo determina un empleador si es elegible para participar en la visa de trabajador temporal no agrícola H2-B?

ABOGADO: Coleman Jackson

Un empleador debe demostrar al Departamento de Trabajo (DOL) de manera creíble que:

(1) no hay suficientes trabajadores estadounidenses que puedan, deseen, califiquen y estén disponibles para realizar el trabajo temporal;

(2) la contratación de trabajadores H-2B no afectará negativamente los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar; y

(3) que la necesidad de trabajadores extranjeros es temporal. Temporal se mide en los términos de: (1) una ocurrencia única; (2) una necesidad estacional; (3) una necesidad de carga máxima; o (4) una necesidad intermitente

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cuáles son los pasos que debe seguir un empleador de Estados Unidos para solicitar la entrada de ciudadanos extranjeros bajo la visa H2-B para trabajadores temporales no agrícolas?

ABOGADO: Coleman Jackson

Hay tres pasos que un empleador debe seguir para solicitar una visa H-2B:

Paso 1: envíe una solicitud de certificado de trabajo temporal al DOL

Paso 2: Envíe un Formulario I-129 a USCIS

Paso 3: Al recibir un aviso de aprobación de USCIS, el empleador debe notificar al posible trabajador que solicite una visa no agrícola H2-B en la embajada de los EE. UU. en su país de origen

Entrevistadora: Gladys Marcos

Muchas gracias por esa respuesta. Mi siguiente pregunta es ¿Quién es elegible para recibir una visa de trabajadores no agrícolas H2B?

ABOGADO: Coleman Jackson

No todos los países son elegibles para participar en el programa de visas no agrícolas H-2B. Cada año, el Departamento de Seguridad Nacional actualiza la lista de países elegibles para la visa H2-B. Los empleadores que buscan contratar trabajadores no calificados H2-B en sus establecimientos deben revisar esta lista del DHS para determinar qué ciudadanos extranjeros son actualmente elegibles para participar en el Programa de visas no agrícolas H2-B

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Pueden los trabajadores que ya están en los Estados Unidos recibir una visa de trabajadores no agrícolas H-2B?

ABOGADO: Coleman Jackson

Si el ciudadano extranjero se encuentra en los Estados Unidos con una visa de trabajo de no inmigrante, y un empleador de los EE. UU. desea contratar al ciudadano extranjero con una visa de trabajador no agrícola H2-B, el empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante.

Una vez que se aprueba el I-129, el empleado debe presentar un formulario I-539 Solicitud de cambio de estatus de no inmigrante para cambiar sus visas de no inmigrante.

Según el anuncio del DHS de marzo de 2021: los empleadores también podrán contratar trabajadores que ya estén presentes legalmente en los Estados Unidos con estatus H-2B sin esperar la aprobación de la nueva petición, sujeto a ciertas condiciones que no hablaremos en este podcast en particular.

Entramos en muchos más detalles sobre los temas discutidos en los blogs de nuestro bufete de abogados; que se localizan en nuestro sitio web en www.cjacksonlaw.com. Nuestros blogs son gratuitos.

Finalmente, si el extranjero está en los estados unidos sin documentos, no puede ser contratado como trabajador no agrícola H2-B, ni los extranjeros que están aquí con visas de estudiante pueden ser contratados por un empleador estadounidense bajo el Programa de Visa H2-B. Los empleadores no pueden usar el programa H2-B para contratar a personas que están aquí con visas de visitante o con un programa de exención de visa. Estas categorías de visa que acabo de mencionar no se pueden cambiar a una visa de trabajador no agrícola H2-B.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Muchas gracias por esa respuesta Abogado, mi siguiente pregunta es ¿Cuánto tiempo pueden permanecer en los Estados Unidos los trabajadores H-2B y pueden traer a sus familias?

ABOGADO: Coleman Jackson

Una vez que a un trabajador se le ha otorgado una visa H-2B, puede permanecer en los Estados Unidos por 3 años. Cuando su visa H-2B vence, no se puede extender ni usar para cambiar de estado. Durante estos 3 años, pueden traer consigo a su cónyuge e hijos. Recordatorio: la ley de inmigración considera a una persona un niño si no está casada y tiene menos de 21 años).

Entrevistadora: Gladys Marcos

¿Cómo es mejor obtener trabajadores a través del programa de Visa H2-B que contratar trabajadores como contratistas independientes?

ABOGADO: Coleman Jackson

Esta es una pregunta muy interesante y compleja, pero solo teóricamente porque en la práctica las leyes laborales federales y estatales son extremadamente claras sobre este tema. Así que, en primer lugar, permítanme decir que las leyes federales y estatales definen si un trabajador es un empleado o un contratista independiente. El hecho de que un trabajador se clasifique correctamente como empleado o contratista independiente no depende de cómo las partes llamen al trabajador. Tanto en la ley laboral federal como en la ley laboral de Tejas, la cuestión fundamental es si el trabajador está bajo la dirección y el control del empleador. Esto se conoce comúnmente como la prueba de «dirección y control» o prueba de derecho consuetudinario. Tanto en la ley federal como en la ley de Tejas, la prueba consta de unos 20 factores. No voy a entrar en más detalles, pero el punto significativo que estoy haciendo es que los trabajadores deben ser clasificados de acuerdo con la ley. La clasificación de los trabajadores como empleados o contratistas independientes no es una decisión que se deje a un empleador.

El segundo punto que me gustaría hacer es este:

Los empleadores tienen requisitos de declaración de impuestos federales, requisitos de depósito y requisitos de retención para todos los trabajadores clasificados como empleados. Los patrones deben retener impuestos sobre la renta de cada pago pagado al trabajador, deben depositar oportunamente los fondos retenidos al IRS, generalmente utilizando el sistema de pago EFTPS, y el patrón debe presentar oportunamente el Formulario 941 (formulario de impuesto sobre la nómina trimestral) y el Formulario 940 (formulario de impuesto sobre la nómina anual). formulario de impuestos) con el IRS. Los empleadores también deben entregar a los empleados el Formulario W2 antes de la fecha de vencimiento, y deben presentar los documentos de transmisión W4 ante la Administración del Seguro Social cada año. Además, todos los empleadores deben completar y mantener el Formulario I-9 dentro de los días posteriores a la contratación de un nuevo trabajador como empleado, donde identifican al trabajador y revisan la elegibilidad de los trabajadores para trabajar legalmente en los Estados Unidos. El formulario I-9 completo debe ser conservado por el empleador y está sujeto a la solicitud de examen por parte del gobierno federal. Puede haber sanciones civiles severas por no retener impuestos federales, no depositar impuestos federales sobre la nómina y no presentar las declaraciones de impuestos requeridas. Así mismo se puede acceder a penas severas por clasificación errónea de los trabajadores.

En cuanto a las responsabilidades del empleador en Tejas; Los empleadores de Tejas deben registrarse en la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas. Deben presentar informes de impuestos de desempleo trimestrales ante la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas y, de lo contrario, deben cumplir con el Código Laboral de Texas en lo que respecta al empleo de trabajadores en Tejas. Debo señalar que la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas periódicamente realiza exámenes de auditoría en busca de una clasificación errónea de los trabajadores por parte de los empleadores en Tejas. Puede haber un alto costo por la clasificación errónea de los trabajadores en Tejas.

Los empleadores que clasifican correctamente a los trabajadores como contratistas independientes no son responsables de sus obligaciones tributarias ni de su declaración de impuestos. Los empleadores entregan al contratista independiente un Formulario 1099 al final de cada año. Los empleadores no tienen que informar los pagos a los contratistas independientes a la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas, ni a ninguna otra agencia estatal o local dentro del estado de Tejas.

Entonces, para resumir mi primer punto: la clasificación de los trabajadores no es una decisión que los empleadores toman de la nada simplemente eligiendo clasificar a sus trabajadores como empleados o contratistas independientes dependiendo de si la clasificación los hace más o menos competitivos en su mercado. o industria. Como mencioné anteriormente hace un tiempo, la clasificación errónea de los trabajadores puede afectarlo y tener graves consecuencias federales y estatales si lo atrapan. Las clasificaciones erróneas intencionales de los trabajadores y la contratación intencional de trabajadores que no están autorizados para trabajar en los Estados Unidos podrían exponer a la organización y a los tomadores de decisiones individuales dentro de las empresas infractoras a un grave peligro legal, incluido el enjuiciamiento penal.

Mi segundo punto es que contratar trabajadores no calificados en el programa H2-B es legal, mientras que contratar trabajadores que no están autorizados para trabajar en los Estados Unidos es una violación de las reglas I-9 y podría someter a los infractores a investigaciones y exámenes de ICE; ya veces repetir lo ya dicho anteriormente puede ser aclaratorio. Como este punto; la clasificación errónea de los trabajadores podría tener consecuencias significativas en los impuestos federales, como la negación del costo de la mano de obra durante un examen del IRS, o grandes ajustes de impuestos por parte de los examinadores de la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas durante las auditorías del empleador de la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas. En algunas circunstancias, el IRS y/o la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas podrían referir al empleador infractor entre sí y/o para enjuiciarlo por fraude fiscal, evasión de impuestos o delitos federales y estatales similares.

Entonces, para resumir en pocas palabras mi respuesta a su pregunta número 5: el programa de trabajadores no agrícolas H2-B puede usarse para contratar legalmente a trabajadores en trabajos no agrícolas en Estados Unidos. Es una forma de contratar a los trabajadores que necesita para operar con éxito su negocio dentro de los límites de la ley federal y estatal. Los infractores de la ley son responsables de sus acciones y deben rendir cuentas.

Entrevistadora: Gladys Marcos

Abogado, muchas gracias por esa información. Mi última pregunta es esta: ¿Hay otras cosas que un empleador debería considerar al pensar en usar el Programa de Visa H2B?

ABOGADO: Coleman Jackson

Bueno, no puedo comenzar a pensar en todo lo que cualquier empleador en particular debería pensar al contratar o considerar contratar trabajadores extranjeros bajo el Programa de Trabajadores No Agrícolas H2-B porque depende de todos los hechos y circunstancias que no puedo conocer en este momento. Los empleadores tendrían que hacer preguntas precisas sobre ellos individualmente.

Dicho esto, permítanme decir que sí, los empleadores necesitan saber este punto en cualquier caso, independientemente de cuáles sean sus hechos o circunstancias particulares: el USCIS establece un límite en la cantidad de visas H-2B disponibles cada año fiscal (del 1 de octubre al 1 de septiembre). El USCIS ha aumentado recientemente este límite para satisfacer las necesidades del programa H-2B, pero aún así, hay más empleadores que solicitan trabajadores bajo el programa de visa H2-B que visas disponibles cada año.

Es importante tener en cuenta los tiempos de procesamiento siempre que esté considerando presentar un I-129 para contratar trabajadores H-2B. Planifique con anticipación cuándo realmente necesitará estos trabajadores temporales

Entrevistadora: Gladys Marcos

Abogado, gracias por esta clara y muy importante presentación sobre la visa temporal H2-B para trabajadores no agrícolas. Muchos dueños de negocios estadounidenses que buscan trabajadores no calificados y ciudadanos extranjeros interesados en venir a los Estados Unidos a trabajar temporalmente probablemente encontrarán útil esta información. Por ahora, gracias por sentarse conmigo hoy y responder mis preguntas sobre cómo contratar legalmente trabajadores temporales no agrícolas con una visa H-2B.

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Regrese en aproximadamente dos semanas, para obtener más información sobre impuestos, litigios e inmigración Pensamientos Legales Podcast de Coleman Jackson, P.C., que se encuentra aquí en Dallas, Texas en 6060 North Central Expressway, Oficina 620, Dallas, Texas 75206.

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ABOGADO: Coleman Jackson

Gracias por darnos la oportunidad de informarle sobre: «¿Cómo contratar legalmente a trabajadores temporales no agrícolas con una visa H-2B?»

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Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal – PENSAMIENTOS LEGALES

Coleman Jackson, P.C. Transcripción de Pensamientos Legales Podcast
Publicadomarzo 31de 2021

Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal

PENSAMIENTOS LEGALES es una presentación de podcast de Coleman Jackson, P.C., una firma de abogados con sede en Dallas, Texas que sirve a personas, empresas y agencias de todo el mundo en asuntos legales tributarios, litigios e inmigración.

Este episodio en particular de PENSAMIENTOS LEGALES es un podcast donde el abogado, Coleman Jackson está siendo entrevistado por Mayra Torres, la asociada de Relaciones Públicas de Coleman Jackson, P.C.   El tema de discusión es “Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal”.Puede escuchar este podcast haciendo clic aquí:

También puedes escuchar este episodio y suscribirte a Coleman Jackson, el podcast de PENSAMIENTOS LEGALES de P.C.  en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify, Cashbox o dondequiera que escuches tu podcast.

Transcripción:

Abogado: Coleman Jackson
Pensamientos legales
Coleman Jackson, abogado y consejero en leyes

Abogado: Coleman Jackson

Bienvenidos a Pensamientos en inmigración

  • Mi nombre es Coleman Jackson y soy el abogado en Coleman Jackson, P.C. una firma de impuestos, litigio, e inmigración basada en Dallas, Texas.
  • Nuestro tema de hoy es: Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal. Otros miembros de Coleman Jackson, P.C. son Yulissa Molina, Asistente Legal de Impuestos, Reyna Munoz, Asistente Legal de Inmigración, Leiliane Godeiro, Asistente legal de litigio, y Mayra Torres, asociada de relaciones públicas.
  • En este podcast de “Pensamientos Legales, «nuestra asociada de relaciones públicas Mayra Torres, estará haciendo las preguntas y yo responderé a sus preguntas sobre este tema de inmigración tan importante. Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publica

  • Abogado, gracias por acompañarme hoy y por tomarse el tiempo para discutir la Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, I 601 y la Solicitud de exención provisional por presencia ilegal, I 601A
    Pregunta 1:
  • Abogado, cuénteme, ¿qué es el I 601 y la exención I 601A?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 1:

  • Claro, Mayra. Muchos inmigrantes en Texas llegaron a los Estados Unidos indocumentados; por lo tanto, necesitan una exención de presencia ilegal. Muchos padres inmigrantes indocumentados desperdician su dinero cuando hijos ciudadanos estadounidenses cumplen 21 años. Desperdician su dinero porque, aunque pueden obtener con éxito su I 130, Petición para un familiar extranjero aprobada, sus hijos ciudadanos estadounidenses no califican para la persona estadounidense que lo hará sufrir dificultades extremas e inusuales si al inmigrante indocumentado no se le otorga una exención I 601 por presencia ilegal en los Estados Unidos. En resumen, es una pérdida de dinero presentar un I 130 cuando no tiene un pariente calificado para satisfacer el Formulario I 601 Solicitud de Exención de motivos de inadmisibilidad con base en el motivo de inadmisibilidad de presencia ilícita. El inmigrante indocumentado necesita un pariente calificado que sufrirá dificultades extremas si no se le permite al inmigrante indocumentado inmigrar a los Estados Unidos. El requisito de dificultad extrema para una exención de presencia ilegal solo puede ser satisfecho por un pariente calificado, como un padre ciudadano de los Estados Unidos o un cónyuge ciudadano de los Estados Unidos. Repito los niños ciudadanos estadounidenses no cumplen ni pueden satisfacer el requisito de familiar calificado; por lo tanto, a menos que el inmigrante indocumentado tenga un pariente calificado, es una pérdida de tiempo, esfuerzo y dinero que su hijo de 21 años presente un I 130, Petición para un familiar extranjero en su nombre si la intención es obtener una visa verde a través del niño. Un tronco grande o más audaz está bloqueando el camino para el inmigrante indocumentado que busca una tarjeta verde a través de su hijo de 21 años. ¡Los padres necesitan un pariente calificado!¡Si tuvieran un pariente calificado, los padres probablemente habrían obtenido sus tarjetas verdes hace años!
  • El formulario I 601A Exención provisional de Presencia Ilegal es una solicitud de exención basada en preocupaciones humanitarias de inmigrantes que salen de los Estados Unidos quienes se les prohíbe regresar durante 5 a 10 años debido al hecho de que han pasado más de 180 días continuos ilegalmente en los Estados Unidos antes de que se implementara el proceso de exención provisional I 601A estos padres y otros inmigrante indocumentados dejarían los Estados Unidos sin una exención I 601 y cuando llegaron al Consulado en su país de origen, se enteraron de que necesitaban una exención de presencia ilegal para regreso a los Estados Unidos. Por lo general, la exención se prepara en el país extranjero y se enviaba para su aprobación por la oficina de consulado de los estados unidos, a menudo el consulado negaba la exención y por lo tanto el inmigrante se quedaba atrapado durante 5 a 10 años en su país de origen con su esposo o esposa e hijos que permanecían qui. La separación familiar ocurrió como una característica inherente del proceso de exención de inmigración. El Formulario I 601A fue creado para prevenir esta dura realidad de separación familiar. El Formulario I 601A solo se puede usar para solicitar une exención por presencia ilegal. No se puede utilizar para solicitar una dispensa o perdón por cualquier otra razón de inadmisibilidad del inmigrante indocumentado. Por ejemplo, si hay delitos en los antecedentes de los inmigrantes o problemas médicos o de salud, problemas de DUI, problemas de violencia domestica u otros problemas de inadmisibilidad con el inmigrante, la renuncia I 601A no se puede utilizar para estos motivos de inadmisibilidad.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publicas

  • Gracias por esta detallada explicación abogado. Tiene razón, muchas veces las personas indocumentadas piensan que una vez que su hijo/a cumplan 21 años podrá solicitar una tarjeta de residencia de inmediato, pero es importante que comprenda que se trata de un proceso y que necesitan un pariente calificado que sufrirá dificultades extremas e inusuales en caso de que el inmigrante indocumentado abandone los Estados Unidos y no se le permita regresar durante 5 a 10 años.

Pregunta 2:

¿Abogado, cuáles son las diferencias entre el I 601 y el I 601A?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 2:

  • La exención I 601 se utiliza para solicitar exenciones o indultos para una serie de áreas de inadmisibilidad, como presencia ilegal, salud física, o mental (como DUI, algunos funcionarios del consulado podrían considerar la violencia domestica como indicios de enfermedad mental); Considerando que, la exención provisional I 601A solo se puede usar para solicitar un perdón por presencia ilegal en los Estados Unidos. La inadmisibilidad basada en salud mental, salud física, delitos u otros motivos de inadmisibilidad no son elegibles para consideración en un caso de exención I 601A.
  • La exención I 601 se concede para perdonar numerosos motivos de inadmisibilidad; mientras que la renuncia I601A es una renuncia provisional de presencia ilegal.
  • La exención I 601 generalmente se presenta en la Oficina del consulado de los Estados Unidos por inmigrantes indocumentados que buscan una tarjeta verde a través de un pariente calificado; mientras que, la exención provisional I 601A de presencia ilegal se presenta dentro de los Estados Unidos antes de que el inmigrante salga de los Estados Unidos. Es provisional en el sentido de que el Oficial del Consulado tomara la determinación final sobre si el inmigrante es admitido para regresar a los Estados Unidos.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publicas

  • Parece que estos entienden el uso y el propósito de estas dos formas y toda esta área de la ley de exención de inmigración son temas increíblemente importantes para muchos inmigrantes que residen en Texas y en todo el sureste.

Pregunta 3:

¿Quién puede presentar una solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 3:

  • Mayra, los siguientes tipos de inmigrantes pueden presentar el Formulario I 601, Solicitud de Exención de Inadmisibilidad:
    1. Aquellos que solicitan un ajuste de estatus
    2. Aquellos que solicitan el Estatus de Protección Temporal, TPS
    3. Aquellos que están solicitando un ajuste de estatus bajo la ley de ajuste de Nicaragua y Ayuda a Centro América
    4. Aquellos que están solicitando una visa de inmigrante o un ajuste de estatus bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)Y finalmente
    5. Jóvenes inmigrantes especiales que tienen una petición I 130 aprobada para familiar extranjero.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publicas

Pregunta 4:

Gracias por esta lista detallada, abogado.Ahora, cuénteme, ¿quién es elegible para presentar la exención provisional de Presencia Ilegal I -601A?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 4:

  • Mayra, las personas elegibles que pueden presentar la exención provisional de Presencia Ilegal I 601A tienen que cumplir con estos requisitos:
    1. Estar presente en los Estados Unidos cuando presenten la aplicación;
    2. Tienen que ser mayores de 17 años;
    3. Deben tener un caso pendiente con el Departamento de Estado de los Estados Unidos porque son: A) el beneficiario principal de un I 130 aprobado o son el beneficiario de un I 1360 aprobado; o B) es el cónyuge o hijo de un beneficiario principal de una visa de inmigrante aprobada y ha pagado la tarifa de procesamiento de la visa de inmigrante; o C) han sido seleccionados por el Departamento de Estado para participar en el programe de Visas de Diversidad; y
    4. Deben poder demostrar que denegar la admisión a los Estados Unidos resultaría en dificultades extremas para un cónyuge ciudadano estadounidense relativo o un residente permanente legal o un padre ciudadano estadounidense.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publicas
Pregunta 5:

Abogado, con respecto a la I 601 A usted menciono “dificultad extrema,¿” que significa exactamente este término en la ley de inmigración de los Estados Unidos?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 5:

  • Eso es correcto, Mayra. El solicitante debe demostrar que si se le niega la entrada de regreso a los Estados Unidos causara dificultades extremas a su pariente calificado. Algunas de las áreas de la vida de familiares calificados que podrían ser relevantes para respaldar una solicitud de exención I 601 o I 601 A para superar la causa de inadmisibilidad por presencia ilegal son:
    1. Educación: Interrupción de los programas académicos actuales o perdida de oportunidades de educación superior debido a una educación de menor calidad en el país de origen;
    2. Consideraciones personales: Tal cual separación de parientes cercanos en los Estados Unidos;
    3. Consideraciones finánciales: Costo de cuidar a familiares o perdida de trabajo;
    4. Salud del pariente calificante: Tratos médicos en los Estados Unidos;
    5. Consideraciones Especiales: miedo a persecución o diferencia cultural en su país de origen
  • Tenga en cuenta que el pariente ciudadano estadounidense debe demostrar que sufrirá dificultades financieras extremas si no se le permite regresar al país a su pariente inmigrante. La dificultad debe ser más que la mera dificultad financiera normal y esperada derivada de la falta de ingresos ganados por los inmigrantes indocumentados, relaciones familiares o apoyo del hogar. Las dificultades que pueden experimentar el inmigrante indocumentado o sus hijos no son factores que el juez normalmente consideraría al evaluar los casos de exención. Incluso cuando un pariente calificado cumple con el requisito de dificulta extrema, simplemente significa que el adjudicador de la solicitud de exención puede ejercer su discreción y otorgar la exención. No es obligatorio que se otorgue la exención incluso cuando se demuestre claramente que existen dificultades extremas.

Entrevistadora: Mayra torres, Asociada de Relaciones Publicas

  • Abogado, gracias por resumir lo que significa el término “dificultad extrema” en el contexto de la exención por presencia ilegal. Este es un hecho y un obstáculo potencial para todos los inmigrantes que deben cumplir con el requisito de dificultad extrema para superar el motivo de admisibilidad de presencia ilegal.

Pregunta 6

Abogado, mi pregunta final sobre la exención de presencia ilegal es la siguiente: ¿Hay una tarifa de presentación para el Formulario I 601 y el Formulario I 601A?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 6:

  • Si Mayra, hay una tarifa para estos dos formularios.
  • A partir del 11 de Marzo de 2021, la tarifa de presentación de la I 601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad es de $930 y la tarifa de presentación de la I 601A, Solicitud de Exención provisional por presencia ilegal es de $630.
  • Las tarifas de USCIS pueden cambiar con corto o no aviso.

Observaciones finales de Mayra Torres

  • Abogado, gracias por la información detallada sobre Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal. Es un obstáculo que enfrentan muchas familias inmigrantes en Texas y el sureste en general. Esta información puede evitar que gasten imprudentemente el dinero que tanto les costó ganar. Quiero decir, si no tienen un pariente calificado en los Estados Unidos para la exención ilegal; eso suena como un gran problema. ¡Quiero decir que es un gran problema, abogado! Como dijiste, es como un tronco grande o mar audaz que se extiende a lo largo de le carretera y bloquéa el camino hacia una tarjeta verde para las personas que han estado aquí por un tiempo indocumentadas.
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Observaciones Finales del Abogado:

ESTO ES EL FIN DE LOS «PENSAMIENTOS LEGALES» POR AHORA

  • Gracias por darnos la oportunidad de informarle sobre Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal.
  • Los inmigrantes que han residido en los Estados Unidos durante mas de 180 días de manera continua sin un estatus legal tienen un problema importante según la ley de inmigración actual. Necesitan une exención o perdón por presencia ilegal cuando salen de los Estados Unidos para volver a ingresar legalmente a los Estados Unidos. Eso, en pocas palabras, es lo que las exenciones I 601 e I 601 A están diseñadas para lograr en lo que respecta a la presencia ilegal. Este es el estado actual de la ley de inmigración en los Estados Unidos en los que respecta a los inmigrantes indocumentados y la exención actual de presencia ilegal.
  • Gracias por darnos la oportunidad de informarle sobre “Asuntos de inmigración que debe conocer: Inmigrantes indocumentados y el I-601 y el I601A exenciones de presencia ilegal.
  • «Si desea ver o escuchar más sobre impuestos, litigios e inmigración en PENSAMIENTOS LEGALES de Coleman Jackson, P.C. ¡No te muevas! Estamos aquí en Dallas, Texas y queremos informar, educar y ayudar a nuestras comunidades sobre temas relacionados con impuestos, litigios e inmigración. Hasta la próxima, cuídese.

Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008 – PENSAMIENTOS LEGALES

Coleman Jackson, P.C. Transcripción de Pensamientos Legales Podcast
Publicadomarzo 15de 2021

Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008

PENSAMIENTOS LEGALES es una presentación de podcast de Coleman Jackson, P.C., una firma de abogados con sede en Dallas, Texas que sirve a personas, empresas y agencias de todo el mundo en asuntos legales tributarios, litigios e inmigración.

Este episodio en particular de PENSAMIENTOS LEGALES es un podcast donde el abogado, Coleman Jackson está siendo entrevistado por Mayra Torres, la asociada de Relaciones Públicas de Coleman Jackson, P.C.   El tema de discusión es Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008«Puede escuchar este podcast haciendo clic aquí:

También puedes escuchar este episodio y suscribirte a Coleman Jackson, el podcast de PENSAMIENTOS LEGALES de P.C.  en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify, Cashbox o dondequiera que escuches tu podcast.

Transcripción:

Abogado: Coleman Jackson
Pensamientos legales
Coleman Jackson, abogado y consejero en leyes

Abogado: Coleman Jackson

Bienvenidos a Pensamientos en inmigración

  • Mi nombre es Coleman Jackson y soy el abogado en Coleman Jackson, P.C. una firma de impuestos, litigios, e inmigración basada en Dallas, Texas.
  • Nuestro tema de hoy es: Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008. Otros miembros de Coleman Jackson, P.C. son Yulissa Molina, Asistente Legal de Impuestos, Reyna Munoz, Asistente Legal de Inmigración, Leiliane Godeiro, Asistente legal de litigio, y Mayra Torres, asociada de relaciones públicas.
  • En este podcast de “Pensamientos Legales, «nuestra asistente legal de inmigración Reyna Munoz, estará haciendo las preguntas y yo responderé a sus preguntas sobre este tema de inmigración tan importante: Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008

Reyna Munozse presenta al público:
Pregunta 1:

  • Buenos días abogado, como usted sabe hoy estaremos hablando de un tema muy importante, para que las personas que nos escuchan se mantengan informados en asuntos de inmigración que deben conocer. Nuestro tema de interés es el examen de ciudadanía de los Estados Unidos que fue anunciado por USCIS. ¿Me puedes platicar de que se trata esto?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 1:

  • Buenos días, Reyna.
  • En febrero 22, 2001 el Servicio de Ciudadanía y servicios de inmigración de Estados Unidos o USCIS por sus siglas en inglés, anuncio que regresara al examen de ciudadanía a la versión del 2008. Esto empezó en marzo 1, 2021.

Entrevistadora: Reyna Munoz, Asistente Legal de Impuestos

Pregunta 2:

  • ¿Abogado, porque decidido USCIS regresar a la versión del 2008 para el examen de la Ciudadanía estadounidense?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 2:

  • Bueno Reyna, esto es por una orden ejecutiva que ordeno la Administración Biden que fue publicada en febrero 02, 2021 llamada “Restaurando la fe en nuestros sistemas legales de inmigración.” USCIS determino que el reviso de naturalización de el examen que fue implementado en diciembre 1, 2020 puede crear inadvertidamente barreras potenciales al proceso de naturalización. Regresando al examen del 2008 eliminará estas barreras y hará el proceso más accesible a todos los individuos elegibles.

Entrevistadora: Reyna Munoz, Asistente Legal de Impuestos

Pregunta 3:

  • Wow abogado, es bueno ver que estas barreras serán eliminadas por regresar al examen de naturalización del 2008.
  • ¿Quién puede tomar este examen, abogado?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 3:

  • ¡Entonces este examen es increíblemente importante, para aquellos que gusten hacerse ciudadanos naturalizados!
  • ¿Qué temas contiene este examen?

Entrevistadora: Reyna Munoz, Asistente Legal de Impuestos

Pregunta 4:

  • ¡Es una noticia increíble!
    ¿Qué pasa con las personas que tienen una petición aprobada de patrocinio familiar fuera de los Estados Unidos?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 4:

  • ¡Esa es una muy buena pregunta, Reyna!
  • Las personas que toman el examen demostraran conocimiento y comprensión de los fundamentos de la historia, los principios y la forma de gobierno de los Estados Unidos.

Entrevistadora: Reyna Munoz, Asistente Legal de Impuestos
Pregunta 5:

  • ¿Abogado, USCIS proporciona guías de estudio o asistencia para ayudar a los solicitantes a estudiar para el examen?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 5:

  • Si, materiales para el examen y guías de estudios pueden ser encontrados en el centro de recurso en USCIS.GOV/CITIZENSHIP

Entrevistadora: Reyna Munoz, Asistente Legal de Impuestos

Pregunta 6:

  • ¡Gracias por compartir esta página web tan importante!
  • ¡Abogado, ha respondido a muchas preguntas tan importantes!Mi pregunta final es, ¿qué pasa con la gente que a estado estudiando para el examen del 2020?¿Como serán afectados por esta nueva orden?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 6:

  • Buena pregunta, Reyna
  • Aquellos que presentaron su solicitud de naturalización a partir del 1 de diciembre de 2020 y antes del 1 de marzo de 2020, USCIS les dará la opción de tomar el examen de ciudadanía de 2020 o el examen de ciudadanía de 2008. También habrá un periodo de transición en el que se ofrecerán ambas pruebas. El 19 de abril de 2021, el examen de 2020 se eliminará gradualmente para quienes lo realicen por primera vez y los solicitantes que presenten la solicitud el 1 de marzo de 2021 o después, tomaran el examen de ciudadanía de 2008.
  • Reyna, espero que esto haiga respondido tu pregunta. ¿Tienes alguna otra pregunta?

Observaciones finales de Mayra Torres

  • ¡Eso respondió mi pregunta perfectamente!Esas son todas mis preguntas por ahora, abogado, ¡gracias!¡Esta información será una ayuda increíble para las personas que tomaran el examen de ciudadanía estadounidense!
  • Nuestros oyentes que quieran escuchar más podcast como este deben suscribirse a nuestro Podcast de Pensamientos Legales en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify o donde sea que escuchen su podcast. ¡Todos cuídense!  Síguenos para más pensamientos legales de impuestos, litigios y inmigración de Coleman Jackson, P.C., que se encuentra aquí en Dallas, Texas en 6060 North Central Expressway, Suite 620 Dallas, Texas 75206.
  • Llamadas en inglés: 214-599-0431 | Llamadas en español: 214-599-0432. Llamadas portuguesas: 214-272-3100.

Observaciones Finales del Abogado:

ESTO ES EL FIN DE LOS «PENSAMIENTOS LEGALES» POR AHORA

  • Gracias por darnos la oportunidad de informarle sobre «Asuntos de inmigración que debe conocer: USCIS esta regresando al examen de ciudadanía del 2008. Si desea ver o escuchar más sobre impuestos, litigios e inmigración en PENSAMIENTOS LEGALES de Coleman Jackson, P.C. ¡No te muevas! Estamos aquí en Dallas, Texas y queremos informar, educar y ayudar a nuestras comunidades sobre temas relacionados con impuestos, litigios e inmigración. Hasta la próxima, cuídese.

La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021 – PENSAMIENTOS LEGALES

Coleman Jackson, P.C. Transcripción de Pensamientos Legales Podcast
Publicadomarzo 1de 2021

La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021

PENSAMIENTOS LEGALES es una presentación de podcast de Coleman Jackson, P.C., una firma de abogados con sede en Dallas, Texas que sirve a personas, empresas y agencias de todo el mundo en asuntos legales tributarios, litigios e inmigración.

Este episodio en particular de PENSAMIENTOS LEGALES es un podcast donde el abogado, Coleman Jackson está siendo entrevistado por Mayra Torres, la asociada de Relaciones Públicas de Coleman Jackson, P.C.   El tema de discusión es «La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021«Puede escuchar este podcast haciendo clic aquí:

También puedes escuchar este episodio y suscribirte a Coleman Jackson, el podcast de PENSAMIENTOS LEGALES de P.C.  en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify, Cashbox o dondequiera que escuches tu podcast.

Transcripción:

Abogado: Coleman Jackson
Pensamientos legales
Coleman Jackson, abogado y consejero en leyes

Abogado: Coleman Jackson

  • Mi nombre es Coleman Jackson y soy el abogado en Coleman Jackson, P.C. una firma de impuestos, litigios, e inmigración basada en Dallas, Texas.
    Nuestro tema para hoy es:La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021
  • Otros miembros de Coleman Jackson, P.C. son Yulissa Molina, Asistente Legal de Impuestos, Reyna Muñoz, Asistente Legal de Inmigración, Leiliane Godeiro, Asistente Legal de Litigios y Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas.
  • En este podcast de “Pensamientos Legales,” nuestra Asociada de Relaciones Públicas, Mayra Torres estará haciendo las preguntas y yo responderé a sus preguntas sobre este importante tema de inmigración :La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021.

Mayra Torres se presenta al público:
Pregunta 1:

  • Abogado, he estado escuchando mucho sobre la propuesta de ley de inmigración del presidente Biden. ¿Puedes decirme de qué se trata todo esto?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 1:

  • Sí, Mayra. El 20 de enero de 2021, la Administración de Biden emitió un comunicado en el que indica que su proyecto de ley de inmigración llamado Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021 se envió al Congreso. Este proyecto de ley de inmigración crea una ruta hacia la ciudadanía para las personas indocumentadas, mantiene unidas a las familias, abraza la diversidad, promueve la integración y la ciudadanía de inmigrantes y refugiados. No solo eso, sino que también incluye el crecimiento de la economía, protege a los trabajadores de la explotación y mejora el proceso de verificación de empleo.
  • Este proyecto de ley de inmigración también analiza la protección fronteriza al complementar los recursos fronterizos existentes con tecnología e infraestructura, administra la frontera y protege a las comunidades fronterizas, toma medidas enérgicas contra las organizaciones criminales, aborda la causa raíz de la migración, mejora los tribunales de inmigración y apoya a los solicitantes de asilo y otras poblaciones vulnerables.
  • No estamos seguros si este proyecto de ley será aprobado por el Congreso, pero creemos que es importante educar al público sobre el contenido de esta propuesta de ley de inmigración.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 2:

  • Abogado, si este proyecto de ley se aprueba, ¿quién se beneficia de él?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 2:

  • Si este proyecto de ley pasa, los indocumentados podrán solicitar un estatus legal temporal. Después de cinco años, si pasan una verificación de antecedentes penales y de seguridad nacional y pagan sus impuestos, podrán solicitar una tarjeta verde.
    Además, los soñadores, los titulares de TPS y los trabajadores agrícolas inmigrantes que cumplan con requisitos específicos son elegibles para tarjetas verdes inmediatamente bajo esta legislación.
    Tenga en cuenta que esta es una propuesta de administración. Debe ser negociado y aprobado tanto por la Cámara de Representantes de los Estados Unidos como por el Senado de los Estados Unidos y debe ser firmado por el presidente para que se convierta en ley. Podría haber muchas modificaciones y compromisos en el camino. Y esta propuesta integral de inmigración puede que nunca se convierta en ley.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 3:

  • Abogado, ¿qué pasa con la ciudadanía estadounidense? ¿Podrán las personas indocumentadas solicitar la ciudadanía en cualquier momento?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 3:

  • Sí, Mayra. De hecho, todos los titulares de tarjetas verdes que pasen verificaciones de antecedentes adicionales y demuestren conocimiento del inglés y la educación cívica de los EE. UU. Pueden solicitar convertirse en ciudadanos de los Estados Unidos.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 4:

  • ¡Es una noticia increíble!
    ¿Qué pasa con las personas que tienen una petición aprobada de patrocinio familiar fuera de los Estados Unidos?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 4:

  • Esta propuesta integral de proyecto de ley de inmigración proporciona una sección sobre mantener a las familias juntas. Aquellos que tengan una petición aprobada de patrocinio familiar podrán unirse a su familia en los Estados Unidos de forma temporal mientras esperan a que la tarjeta verde esté disponible.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas
Pregunta 5:

  • Abogado, ¿el proyecto de ley dice algo sobre la integración de inmigrantes y refugiados?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 5:

  • Sí, el proyecto de ley proporciona fondos para gobiernos estatales y locales, organizaciones privadas, instituciones educativas, organizaciones comunitarias y organizaciones sin fines de lucro. Este financiamiento es para ampliar los programas y promover integraciones e inclusión. También aumentará las instrucciones en inglés y proporcionará asistencia a las personas que buscan convertirse en ciudadanos.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

  • ¡Eso es genial de oír, abogado!

Pregunta 6:

  • ¿Cómo ayudará este proyecto de ley de inmigración a hacer crecer la economía de los Estados Unidos?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 6:

  • Este proyecto de ley le dará al Departamento de Seguridad Nacional la autoridad para ajustar las tarjetas verdes en función de las condiciones macroeconómicas e incentivará salarios más altos para las visas de no inmigrantes altamente calificadas para evitar la competencia desleal con los trabajadores estadounidenses. También proporcionará autorizaciones de trabajo a los dependientes de los titulares de la visa H-1B y se evitará que los niños envejezcan fuera del sistema.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 7:

  • ¿Cómo protegerá este proyecto de ley de inmigración a los indocumentados en el lugar de trabajo?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 7:

  • Este proyecto de ley protegerá a los trabajadores migrantes y estacionales aumentando las sanciones para los empleadores que violen las leyes laborales. También otorga un mayor acceso para U-Visa para los trabajadores que sufren graves violaciones laborales y cooperan con las agencias de protección de los trabajadores.
  • Además, el DHS y el Departamento de Trabajo será requerido establecer una comisión que involucre a organizaciones laborales, de empleadores y de derechos civiles para hacer recomendaciones para mejorar el proceso de verificación de empleo.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 8:

  • Abogado, si este proyecto de ley se aprueba será muy útil para la comunidad indocumentada que cumplan con ciertos requisitos. Sin embargo, ¿qué tiene que decir este proyecto de ley con respecto a la seguridad fronteriza y la delincuencia?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 8:

  • Mayra, tienes razón. Si este proyecto de ley se aprueba, será de gran ayuda para muchas personas indocumentadas. Sin embargo, también proporcionará una seguridad fronteriza más sólida. Este proyecto de ley proporcionará fondos para entrenamiento y educación continua para promover la seguridad y el profesionalismo de agentes y oficiales. También proporcionará un presupuesto para desplegar tecnología para acelerar la detección y mejorar la capacidad de identificar narcóticos y otro contrabando en cada puerto de entrada terrestre, aéreo y marítimo. Este proyecto de ley también otorga la posibilidad de enjuiciar a las personas involucradas en redes de tráfico y trata.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 9:

  • Es bueno escuchar que este proyecto de ley también aborda la seguridad fronteriza y apunta a la actividad criminal. ¿El proyecto de ley dice algo sobre la búsqueda de la fuente raíz de la migración?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 9:

  • Sí Mayra. Este proyecto de ley de inmigración también dedicará fondos para encontrar la causa subyacente de la migración. También aumentará la asistencia a El Salvador, Guatemala y Honduras. También restablecerá el programa Centroamericano de Menores que reunirá a niños con familiares estadounidenses.

Entrevistadora: Mayra Torres, Asociada de Relaciones Públicas

Pregunta 10:

  • Gracias Abogado por esa información. ¿Qué más dice el proyecto de ley sobre la protección de las personas vulnerables que son indocumentadas?

Abogado: Coleman Jackson

RESPUESTA 10:

  • Bueno Mayra, este proyecto de ley reducirá los atrasos de la corte de inmigración y ampliará la capacitación para los jueces de inmigración. También restaurará la equidad y el equilibrio con el sistema de inmigración. El proyecto de ley también eliminará un plazo de un año para presentar solicitudes de asilo y elevará el límite de visados de 10,000 a 30,000.
  • La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021 enviada al Congreso por el presidente está en los primeros pasos del proceso legislativo. Una vez más para que este proyecto de ley se convierta en ley, debe ser aprobado por la Cámara de Representantes de los Estados Unidos y el Senado de los Estados Unidos.  Podría haber muchos cambios en el camino a medida que este proyecto de ley pasa por el proceso legislativo. Se desconoce su destino en el proceso legislativo.  La gente debe mantenerse al día para más actualizaciones.
  • Mayra, ¿tiene alguna pregunta adicional sobre la Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021 propuesta por el presidente Biden?

Observaciones finales de Mayra Torres

  • No, creo que esas son todas mis preguntas por ahora Abogado. Gracias por explicar este importante proyecto de ley que si se aprueba cambiará la vida de tantas personas que son indocumentadas.
  • Nuestros oyentes que quieran escuchar más podcast como este deben suscribirse a nuestro Podcast de Pensamientos Legales en Apple Podcast, Google Podcast, Spotify donde sea que escuchen su podcast. ¡Todos cuídese!  Síguenos para más pensamientos legales de impuestos, litigios y inmigración de Coleman Jackson, P.C., que se encuentra aquí en Dallas, Texas en 6060 North Central Expressway, Suite 620 Dallas, Texas 75206.
  • Llamadas en inglés: 214-599-0431 | Llamadas españolas: 214-599-0432. Llamadas portuguesas: 214-272-3100.

Observaciones Finales del Abogado:

ESTO ES EL FIN DE LOS «PENSAMIENTOS LEGALES» POR AHORA

  • Gracias por darnos la oportunidad de informarle sobre la“La Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos de 2021.Si desea ver o escuchar más sobre impuestos, litigios e inmigración en PENSAMIENTOS LEGALES de Coleman Jackson, P.C. ¡No te muevas! Estamos aquí en Dallas, Texas y queremos informar, educar y ayudar a nuestras comunidades sobre temas relacionados con impuestos, litigios e inmigración. Hasta la próxima, cuídese.

Advertencia: Dos cosas que todos los inmigrantes y sus patrocinadores debensaber

Posibles aumentos en las tarifas de USCIS probablemente estén en el horizonte

Pueden estar llegando cambios a la política y practica de la Declaración Jurada de Patrocinio Económico de USCIS

19 de octubre de 2020
Por: Coleman Jackson, Abogado

Advertencia: Dos cosas que todos los inmigrantes y sus patrocinadores debensaber

Los posibles aumentos de tarifas de USCIS probablemente estén en el horizonte:

LAS TARIFAS DE PRESENTACIÓN DEL USCIS SE FIJARON PARA AUMENTAR EL 2 DE OCTUBRE DE 2020.  El juez Jeffrey White, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos en el Distrito Norte de California, bloqueó temporalmente los aumentos de tarifas programados de USCIS para que se llevaran a cabo en todo el país el 30 de septiembre de 2020. Las tasas se fijaron para aumentar hasta un60% en algunas peticiones de inmigración. Todos los que piensan que podrían querer presentar peticiones de inmigración y solicitudes para miembros de la familia o empleados deben considerar actuar de inmediato porque las medidas cautelares temporales por tribunales no significan necesariamente que el USCIS no prevalecerá al final; y si es así, el análisis de los aumentos de tarifas a continuación (para un grupo selecto de peticiones) podría ser el potencial aumento de tarifas de USCIS programados a continuación podría ser necesario para presentar las siguientes peticiones de inmigración y solicitudes:

Número del formulario Título del formulario Tarifa actual Posible nueva tarifa
I-130 Petición de Pariente Extranjero

$535

$560
I-485 Solicitud de Registro de Residencia Permanente

$1,140

$1,130*
I-864 Declaración Jurada de PatrocinioEconómico

$0

$0
 

I-765

Solicitud de Autorización de Empleo  

$410

 

$550

I-131/I-131A Solicitud de Documento de Viaje

$575

$590
Biométricos Tarifa de Biométricos

$85

$85
I-90 Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente(presentación de documentos)

$455

$415
I-102 Solicitud de Reemplazo/Documento Inicial de Entrada y Salida de No Inmigrante

$445

$485
I-129/129CW Petición de Trabajador No Inmigrante

$460

$695
I-129F Petición de Prometido(a) Extranjero(a)

$535

$510
I-140 Petición Inmigrante de Trabajador Extranjero

$700

$555
I-212 Solicitud de Ingreso a los Estados Unidos después de haber sido Deportado o Removido  

$930

 

$1,050

I-360 Petición de Amerasiatico, Viudo o Inmigrante Especial

$435

$1,130
I-526 Petición de Inmigrante por Empresario Extranjero

$3,675

$4,010
I-539 Petición para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante

$370

$390
I-600/600a Petición para Clasificar Huérfano como Familiar Inmediato/Solicitud para Procesamiento Acelerado de Petición de Huérfano

$775

$805
I-800/800A Petición para Clasificar a un Adoptado de Convención como Familiar inmediato/ Solicitud de Determinación de idoneidad para Adoptar a un niño de un país de la Convención  

$775

 

$805

I-601 Solicitud de Exención de Motivo de Exclusión

$930

$1,010
I-601A Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal

$630

$960
I-690 Solicitud de Exención de Motivos deInadmisibilidad

$715

$765
I-694 Notificación de Apelación de Decisión

$890

$715
I-698 Solicitud de Ajuste de Estatus de Temporal a Residente Permanente (Bajos Sección 245A del INA)  

$1,670

 

$1,615

I-751 Petición para remover las Condiciones de Residencia

$595

$760
I-824 Solicitud de Acción en una Solicitud o Petición Aprobada

$465

$495
I-829

 

Petición de Empresario para Remover Condiciones

$3,750

$3,900
I-924 Solicitud para Designación de Centro Regional bajo el Programa de Inversionistas Inmigrantes

$17,795

$17,795
I-924A Certificación Anual del Centro Regional

$3,035

$4,465
I-929 Petición para un Familiar Calificado de un No Inmigrante U-1

$230

$1,485
N-336 Solicitud de Audiencia sobre Decisión en los Procedimientos de Naturalización

$700

$1,735
N-400 Solicitud de Naturalización

$640

$1,160
N-470 Solicitud para Conservar la Residencian para Propósitos de Naturalización

$355

$1,585
N-565 Solicitud de Reemplazo de un Documento de Naturalización/Ciudadanía

$555

$535
N-600 Solicitud de Certificación de Ciudadanía/Solicitud de Ciudadanía y Expedición de Certificado bajo INA Sección 322

$1,170

$1,00

* La tarifa biométrica está incluida en la aplicación I-485

Pueden estar llegando cambios a la política y practica de la Declaración Jurada de Patrocinio Económico de USCIS:

El DHS también ha propuesto una nueva regla con respecto a Declaración Jurada de Patrocinio Económico. Esta actualización requiere que los patrocinadores ciudadanos de los EE. UU., nacionales o residentes permanentes legales que patrocinan a un inmigrante proporcionen informes de crédito y reportes de crédito, copias certificadas de las declaraciones de impuestos de los últimos tres años e información de la cuenta bancaria para demostrar eficazmente que pueden mantener los ingresos requeridos.

Los patrocinadores peticionarios que han recibido beneficios públicos en los últimos 26 meses de presentar un Formulario I-864 deben estar respaldados por un patrocinador conjunto que no haya recibido tales beneficios públicos durante ese tiempo.

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Este blog de derecho está escrito por  La Firma de Abogados de Impuestos | Litigación | Inmigración de Coleman Jackson, P.C. con fines educativos; Esto no crea relación de abogado-cliente entre esta firma de abogados y el lector. Usted debe consultar con un asesor legal en su área geográfica con respecto a todas las cuestiones legales que lo afectan a usted, su familia o negocio.

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PROTECCIONES DE INMIGRACIÓN PARA VÍCTIMAS DE DELITOS Y ABUSOS

Por: Coleman Jackson, Abogado y Contador Certificado Publico
13 de julio de 2020

PROTECCIONES DE INMIGRACIÓN PARA VÍCTIMAS DE DELITOS Y ABUSOS

Bajo la ley de los Estados Unidos, un inmigrante que es víctima de delito y abuso podría ser elegible para convertirse en un residente permanente legal (obtener papeles) si ellos mismos o hijo o padre son víctimas de un crimen o crueldad extrema bajo ciertas circunstancias.  Los detalles de las circunstancias son los determinantes en si la víctima inmigrante debe perseguir el estatus de residente a través de:

  1. la ley federal de los Estados Unidos (Título IV, Secciones 40001-40703 l El Acto de CrimenViolento y Aplicación de la Ley, en su forma enmendada Estatus VAWA
  2. la Ley de Inmigración y Nacionalización Sección 101(a)(15)(U) visas o
  3. la Ley de Inmigración y Nacionalización Sección 1101(a)(15)(T) visas.

 

PROTECCIONES DE INMIGRACIÓN PARA VÍCTIMAS DE DELITOS Y ABUSOS

En una sociedad civilizada, no se puede tolerar la violencia sin control contra nadie, ya que viola el pacto social entre personas.  La injusticia es violencia; esabuso y va en contra de la verdad y de todas las nociones de decencia y orden.La injusticia no puede ser tolerada porque sin justicia la paz es imposible de lograr.

Los inmigrantes como todas las personas tienen derechos humanos fundamentales que les ha dado su creador.  Desde hace mucho tiempo, la ley federal de los Estados Unidos ha establecido protecciones para los inmigrantes en (1) estatus VAWA, (2) Visa U y (3) Visa T.  Algunas de las comparaciones y diferencias más significativas entre el estatus VAWA, Visa U y Visa T son las siguientes:

Diferencias y comparaciones entre tres tipos de protecciones para las víctimas de delitos y abusos de inmigrantes

 

  ESTADO DE VAWA U VISA T VISA
Quién Se aplica a los cónyuges, hijos y padres de inmigrantes abusado por sus cónyuges, padres o hijos ciudadanos estadounidenses o titulare de residencia Se aplica a inmigrantescon son víctimas del Se aplica a víctimas de trata de personas inmigrante
Qué Cónyuges maltratados, hijos y padres que han sufrido abusos físicos, emocionales o psicológicos sustanciales a manos de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Víctimas de secuestro, contacto sexual abusivo, rehenes, chantaje, violencia doméstica, extorsión, asesinato, incesto, servidumbre involuntaria, violación, prostitución, agresión sexual, acoso, tráfico, manipulación de testigos, perjurio y otros delitos específicamente enumerados perpetrados dentro de los Estados Unidos por cualquier perpetrador. Víctimas que fueron engañadas, coaccionadas, reclutadas, transportadas, albergadas, alojadas en los EE. UU. Con el propósito de violencia y abuso, explotación sexual, pornografía, trabajo forzado, esclavitud por deudas, servidumbre involuntaria o actos malvados.
CUANDO Y DÓNDE DEBE OCURRIR EL ABUSO O CRIMEN Durante un matrimonio de buena fe o dentro de relaciones familiares especificadas con ciudadanos estadounidenses o residente permanente legal. Mientras que la víctima inmigrante está en los Estados Unidos y es víctima de crímenes especificados por cualquier perpetrador. Mientras que la víctima está dentro o fuera de los Estados Unidos y es víctima de un crimen por cualquier persona que trae o recibe la víctima de tráfico en los Estados Unidos.
 
CÓMO SOLICITAR EL BENEFICIO DE INMIGRACIÓN Presente la solicitud I-360 con USCIS si está dentro de los EE. UU. Presente la solicitud I-918 con USCIS si está dentro de los EE. UU. Presente la solicitud I-914 con USCIS si está dentro de los EE. UU.
 
¿NECESITA EL INMIGRANTE AYUDAR A LAS AUTORIDADES POLICIALES? no tiene que ayudar a las autoridades policialesy no necesita certificaciones de aplicación de la ley Debe ayudar alas autoridades policiales ydebe obtener la ayuda de las autoridades policiales para completar las certificaciones de aplicación de la ley No tiene que ayudar a las autoridades policiales y no necesita certificaciones de aplicación de la ley

 

PROTECCIONES DE INMIGRACIÓN PARA VÍCTIMAS DE DELITOS Y ABUSOS

Estos son algunos aspectos destacados de las diferencias y comparaciones de estas tres opciones disponibles para los inmigrantes; que, por desgracia, se ven abusados o de otra manera victimizados.  Simplemente necesitan saber que no tienen que sufrir injusticias de ninguna forma solos y en silencio.  Hay leyes diseñadas para proteger el abuso de inmigrantes y las víctimas de delitos.  Y hay muchas agencias sociales disponibles para las víctimas de abuso en todo el país.  No dejes que nadie te quite tu humanidad.  Fuiste creado con esperanza, dignidad y un propósito.

 

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